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Resolución núm. 8164, publicada el 18 de Enero de 2017. MODIFICA COMPENDIO DE NORMAS ADUANERAS

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE HACIENDA
Rango de LeyResolución

MODIFICA COMPENDIO DE NORMAS ADUANERAS

Núm. 8.164.- Valparaíso, 30 de diciembre de 2016.

Vistos:

La Medida N° 4 de la Agenda Normativa 2016, denominada "Estudio respecto las exigencias de vistos buenos para productos pesqueros".

Los artículos 77 y 78 de la Ordenanza de Aduanas, en los que se dispone que es el Director Nacional de Aduanas quien determina los documentos de base requeridos para confeccionar las declaraciones y que los despachadores de aduana son responsables de que éstas sean confeccionadas con sujeción estricta a los documentos que le sirven de antecedente.

Los artículos 11 y 13 del decreto N° 430, de 1991, del Ministerio de Economía, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley 18.892 sobre Ley General de Pesca.

Los artículos 1 y 29 del decreto N° 72, de 2011, del Ministerio de Economía, que estableció el Reglamento de Certificación en la importación de especies hidrobiológicas.

El Compendio de Normas Aduaneras, sustituido mediante resolución N° 1.300, de 2006, de esta Dirección Nacional.

El Convenio de Cooperación suscrito entre el Servicio Nacional de Aduanas y el Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura (Sernapesca), celebrado con fecha 30.11.2004.

Considerando:

Que, como es de conocimiento general la Agenda Normativa es un mecanismo de participación ciudadana que permite la revisión, actualización, simplificación y/o generación de nuevos procedimientos aduaneros, con el objetivo de obtener mejoras prácticas de los mismos.

Que, mediante la Medida N° 4 de la Agenda Normativa 2016, se determinó efectuar un estudio respecto de los vistos buenos exigibles en la importación de productos pesqueros.

Que, de acuerdo a lo previsto en las disposiciones reglamentarias citadas, los certificados o vistos buenos emitidos por Sernapesca son los documentos idóneos que permiten el retiro desde la zona primaria de los productos pesqueros sujetos a su control.

Que, efectuada una revisión de la operatividad del sistema computacional de ingreso DIN, mirada en función del cumplimiento de las exigencias de la autorización otorgada por Sernapesca para los productos pesqueros, se pudo constatar que los procedimientos que regulan el proceso de ingreso al país de estas especies debe ser mejorado para asegurar la observancia de las normas reglamentarias atingentes.

Que, con la finalidad de efectuar las mejoras referidas se pudo establecer la necesidad de incorporar validaciones electrónicas en el sistema computacional DIN (Sicoweb), a objeto de introducir en dicha aplicación una función que permita cruzar información entre los certificados o vistos buenos emitidos por Sernapesca y las mercancías identificadas y clasificadas por su respectiva partida arancelaria del Arancel Aduanero Nacional que correspondan a un producto pesquero cuyo control sea de competencia de dicho organismo estatal.

Que, en coordinación con Sernapesca, el Servicio logró definir las partidas arancelarias que comprenden las mercancías que deben ser...

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