Resolución núm. 8017 EXENTA, publicada el 27 de Noviembre de 2020. MODIFICA RESOLUCIÓN N° 7.214, DE 2014, QUE ESTABLECE REQUISITOS FITOSANITARIOS DE IMPORTACIÓN PARA PLANTAS PARA PLANTAR DE USO ORNAMENTAL, DE ESPECIES Y TIPO DE MATERIAL QUE SE INDICA, PROCEDENTES DE TODO ORIGEN - MINISTERIO DE AGRICULTURA - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 852366848

Resolución núm. 8017 EXENTA, publicada el 27 de Noviembre de 2020. MODIFICA RESOLUCIÓN N° 7.214, DE 2014, QUE ESTABLECE REQUISITOS FITOSANITARIOS DE IMPORTACIÓN PARA PLANTAS PARA PLANTAR DE USO ORNAMENTAL, DE ESPECIES Y TIPO DE MATERIAL QUE SE INDICA, PROCEDENTES DE TODO ORIGEN

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE AGRICULTURA
Rango de LeyResolución

MODIFICA RESOLUCIÓN N° 7.214, DE 2014, QUE ESTABLECE REQUISITOS FITOSANITARIOS DE IMPORTACIÓN PARA PLANTAS PARA PLANTAR DE USO ORNAMENTAL, DE ESPECIES Y TIPO DE MATERIAL QUE SE INDICA, PROCEDENTES DE TODO ORIGEN

Núm. 8.017 exenta.- Santiago, 20 de noviembre de 2020.

Vistos:

Lo dispuesto en la Ley N° 18.755, Orgánica del Servicio Agrícola y Ganadero; ley Nº 19.880 que establece bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la administración del Estado; el decreto ley Nº 3.557 de 1980 del Ministerio de Agricultura sobre Protección Agrícola; el decreto Nº 510 de 2016, del Ministerio de Agricultura, que habilita puertos para la importación de mercancías sujetas a revisión del Servicio Agrícola y Ganadero (SAG); el decreto Nº 112 de 2018, del Ministerio de Agricultura, que nombra al Director Nacional del SAG; la resolución Nº 7 de 2019, de la Contraloría General de la República; las resoluciones N 558 de 1999, 3.080 de 2003, 3.815 de 2003, 133 de 2005, 3.589 de 2012 y 7.214 de 2014, todas del Servicio Agrícola y Ganadero.os

Considerando:

  1. Que, el Servicio Agrícola y Ganadero, en adelante el Servicio, está facultado para establecer los requisitos fitosanitarios para la importación al país de artículos reglamentados, a fin de prevenir la introducción y dispersión de plagas reglamentadas.

  2. Que, en virtud de esa facultad, el Servicio dictó la resolución Nº 7.214 de 2014, citada en vistos, que establece los requisitos fitosanitarios de importación para plantas para plantar de uso ornamental, de especies y tipo de material que en ésta se indica, procedentes de todo origen.

  3. Que es necesario actualizar en forma periódica los requisitos fitosanitarios de ingreso de los artículos reglamentados en base a la nueva información disponible especialmente sobre distribución geográfica, hospedantes y vías de ingreso de una determinada plaga.

  4. Que, de acuerdo a problemas detectados en los puntos de entrada, al verificar los tipos de materiales que llegan a Chile, se hace necesario perfeccionar las definiciones de los tipos de materiales ornamentales regulados en la presente resolución, con el fin de facilitar la certificación por parte de la autoridad fitosanitaria del país de origen de las plantas para plantar y la verificación de ellos según especie, en los puntos de entrada.

  5. Que, se requiere contar con mayores antecedentes sobre la trazabilidad de los envíos y que los organismos fitosanitarios de los países de origen...

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