Resolución núm. 80 EXENTA, publicada el 10 de Abril de 2017. PRORROGA MEDIDA DE SUSPENSIÓN DE CELEBRACIÓN DE NUEVOS CONTRATOS QUE INDICA
Publicado en | Diario Oficial |
Emisor | MINISTERIO DE SALUD |
Rango de Ley | Resolución |
PRORROGA MEDIDA DE SUSPENSIÓN DE CELEBRACIÓN DE NUEVOS CONTRATOS QUE INDICA
Núm. 80 exenta IF.- Santiago, 30 de marzo de 2017.
Visto:
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Lo dispuesto en los artículos 110, 221, 222 y demás pertinentes del DFL Nº 1, de 2005, del Ministerio de Salud;
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Lo señalado en la resolución Nº 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República; y
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La resolución afecta Nº 109, de 2015, de la Superintendencia de Salud.
Considerando:
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Que mediante la resolución SS/Nº 58, de fecha 1 de marzo de 2017, esta Intendencia de Fondos y Seguros Previsionales de Salud decretó diversas medidas contempladas en el artículo 222 del DFL 1/2005, de Salud, respecto de la Isapre Más Vida S.A., atendida la inestabilidad financiera que atravesaba dicha institución y el incumplimiento de diversas observaciones efectuadas por esta Superintendencia destinadas a superar la situación antedicha. Entre las medidas que autoriza la ley, se adoptó la decisión de suspender la celebración de nuevos contratos con la institución y las desafiliaciones de la misma hasta el 31 de marzo de 2017.
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Que mediante la resolución exenta Nº 288, de 6 de marzo de 2017, la Superintendencia de Salud designó a don Robert Rivas Carrillo como administrador provisional en la lsapre Más Vida S.A., en virtud de lo dispuesto en el inciso segundo del artículo 222 ya citado.
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Que mediante oficio circular IF/Nº 8, de 8 de marzo de 2017, esta Intendencia efectuó diversas precisiones e hizo presente algunas excepciones a la medida de suspensión citada precedentemente.
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Que con fecha 29 de marzo de 2017, el señor Rivas, en la calidad antes citada, solicitó a esta Superintendencia extender la medida expuesta en el Considerando 1º precedente, hasta el día 30 de abril del presente año. Para tales efectos, argumentó que:
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Actualmente existe una oferta seria presentada a este administrador provisional, la cual se encuentra en proceso de revisión y análisis, para ser oportunamente comunicada a la Institución que Ud. representa;
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lsapre Más Vida S.A., durante el transcurso de este proceso, ejecutado con estricto cumplimiento a las normas precitadas en el párrafo precedente denominado antecedentes, ha logrado normalizar satisfactoriamente y de forma parcial, los pagos a sus prestadores;
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Para el período julio 2017-junio 2018, Isapre Más Vida S.A. no efectuará un alza en el precio base de sus planes de salud;
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Por último, cabe destacar que la solicitud de prórroga de la medida decretada por la Superintendencia...
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