Resolución núm. 78 EXENTA, publicada el 03 de Febrero de 2018. DELEGA FACULTADES QUE INDICA EN LOS SECRETARIOS REGIONALES MINISTERIALES DE DESARROLLO SOCIAL PARA LA EJECUCIÓN DE PROGRAMA QUE SEÑALA - MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 702170461

Resolución núm. 78 EXENTA, publicada el 03 de Febrero de 2018. DELEGA FACULTADES QUE INDICA EN LOS SECRETARIOS REGIONALES MINISTERIALES DE DESARROLLO SOCIAL PARA LA EJECUCIÓN DE PROGRAMA QUE SEÑALA

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL
Rango de LeyResolución

DELEGA FACULTADES QUE INDICA EN LOS SECRETARIOS REGIONALES MINISTERIALES DE DESARROLLO SOCIAL PARA LA EJECUCIÓN DE PROGRAMA QUE SEÑALA

Santiago, 30 de enero de 2018.- Hoy se resolvió lo que sigue:

Núm. 78 exenta.

Visto:

Lo dispuesto en el artículo 41 del DFL N° 1-19.653, de 2001, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; la Ley N° 20.530 que crea el Ministerio de Desarrollo Social y modifica cuerpos legales que indica; en el decreto supremo N° 15, de 2012, del Ministerio de Desarrollo Social, Subsecretaría de Evaluación Social, que aprueba Reglamento del artículo 4° de la ley N° 20.530; la Ley N° 19.880, que establece las Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; en la Ley N° 21.053 de Presupuestos del Sector Público correspondiente al año 2018; en la resolución N° 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República, que Fija Normas sobre Exención del Trámite de Toma de Razón, y

Considerando:

Que, la delegación de facultades es una institución establecida para permitir un funcionamiento eficiente y eficaz de la Administración del Estado.

Que, conforme lo establece el artículo 41 de la Ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, el ejercicio de las atribuciones y facultades propias puede ser delegado si se cumplen los requisitos que la referida norma establece.

Que, el artículo 1° de la ley N° 20.530, dispone que el Ministerio de Desarrollo Social es la Secretaría de Estado encargada de colaborar con el Presidente de la República en el diseño y aplicación de políticas, planes y programas en materia de equidad y/o desarrollo social, especialmente a aquellas destinadas a erradicar la pobreza y brindar protección social a las personas o grupos vulnerables, promoviendo la movilidad e integración social y la participación con igualdad de oportunidades en la vida nacional.

Que, en la Partida 21, Capítulo 01, Programa 01, Subtítulo 24, Ítem 03, Asignación 998 del Presupuesto de la Subsecretaría de Servicios Sociales para el año 2018, se contemplan recursos para la ejecución del Programa Noche Digna, disponiéndose expresamente en la Glosa N° 16 aplicable al Programa, que la transferencia de los recursos se efectuará sobre la base de los convenios que suscriba el Ministro...

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