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Resolución núm. 773 EXENTA, publicada el 08 de Noviembre de 2017. PROHÍBE CIRCULACIÓN DE VEHÍCULOS EN VÍAS QUE INDICA DE LA CIUDAD DE GRANEROS

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES
Rango de LeyResolución

PROHÍBE CIRCULACIÓN DE VEHÍCULOS EN VÍAS QUE INDICA DE LA CIUDAD DE GRANEROS

Núm. 773 exenta.- Rancagua, 11 de octubre de 2017.

Visto:

Lo dispuesto en la ley Nº 18.059; en los artículos 96, 107 y 113 del DFL Nº 1, de 2007, que fija el Texto Refundido, Coordinado y Sistematizado de la Ley Nº 18.290, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, Subsecretaría de Transportes y Ministerio de Justicia, Subsecretaría de Justicia; en el decreto 78, de 2012, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, Subsecretaría de Transportes; correos electrónicos entre la Secretaría Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones Región de O'Higgins, la Dirección Tránsito y Transporte Público de la I. Municipalidad de Graneros, la Empresa Ferrovial, y la Empresa de Ferrocarriles del Estado (EFE), de fechas 21 de abril, 9 de mayo, 24 de mayo, 26 de septiembre, todos de 2017; reuniones en terreno entre la Secretaría Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones Región de O'Higgins, la Dirección Tránsito y Transporte Público de la I. Municipalidad de Graneros, la Empresa Ferrovial, y la Empresa de Ferrocarriles del Estado (EFE), la Unidad Operativa de Control de Tránsito Región de O'Higgins (UOCT), de fechas 22 de marzo, 12 de mayo, 19 de junio, 26 de julio, todas de 2017; reunión de fecha 2 de mayo entre la Secretaría Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones Región de O'Higgins, la I. Municipalidad de Graneros, la Empresa Nestlé; Ord. Nº 745, de fecha 5 de julio de 2017, de la Secretaría Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones de la Región de O'Higgins; en la Carta AO/PC/EFE/STTVIR-01/17, de fecha 4 de agosto de 2017, de la Empresa Ferrovial; en la resolución Nº 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República; y la demás normativa aplicable.

Considerando:

  1. Que, a través de Carta AO/PC/EFE/STTVIR-01/17, de fecha 4 de agosto de 2017, la Empresa Ferrovial Agroman Chile S.A., solicita autorización para ejecutar obras de pavimentación en un tramo de Av. La Compañía de la ciudad de Graneros por un período de 540 días corridos, con motivo de la ejecución de obras correspondientes al Proyecto "Construcción Paso Vehicular Desnivelado La Compañía en Graneros".

  2. Que, junto con la solicitud, la Empresa Ferrovial Agroman Chile S.A. adjuntó esquemas, Carta Gantt, y planos de corte, desvíos y operaciones que se realizarán en la vía antes indicada, indicando la ubicación de la señalización transitoria por trabajos en vía con el objeto de mitigar los impactos que generará la ejecución de las obras solicitadas.

  3. Que, mediante, correos electrónicos, reuniones en terreno y otros documentos identificados en vistos, y en conjunto con la Secretaría Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones Región de O'Higgins, la Dirección...

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