Resolución núm. 7677 EXENTA, publicada el 11 de Octubre de 2019. MODIFICA RESOLUCIÓN N° 7.214 EXENTA, DE 2014 Y ESTABLECE MEDIDAS DE EMERGENCIA PARA PREVENIR EL INGRESO DE OPOGONA SACCHARI EN PLANTAS PARA PLANTAR DE ESPECIES HOSPEDANTES
Publicado en | Diario Oficial |
Emisor | MINISTERIO DE AGRICULTURA |
Rango de Ley | Resolución |
MODIFICA RESOLUCIÓN N° 7.214 EXENTA, DE 2014 Y ESTABLECE MEDIDAS DE EMERGENCIA PARA PREVENIR EL INGRESO DE OPOGONA SACCHARI EN PLANTAS PARA PLANTAR DE ESPECIES HOSPEDANTES
Núm. 7.677 exenta.- Santiago, 2 de octubre de 2019.
Vistos:
Lo dispuesto en la Ley N° 18.755, Orgánica del Servicio Agrícola y Ganadero; ley N° 19.880 que establece bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la administración del Estado; el decreto ley 3.557 de 1980 del Ministerio de Agricultura sobre Protección Agrícola; el decreto N° 510 de 2016 del Ministerio de Agricultura que habilita puertos para la importación de mercancías sujetas a revisión del Servicio Agrícola y Ganadero (SAG); el decreto N° 112 de 2018 del Ministerio de Agricultura que nombra al Director Nacional del SAG; la resolución N° 7 de 2019 de la Contraloría General de la República; las resoluciones N° 558 de 1999; N° 3.080 de 2003; N° 3.815 de 2003; N° 3.589 de 2012; N° 7.214 de 2014, N° 6.223 de 2019, todas del Servicio Agrícola y Ganadero.
Considerando:
-
Que, el Servicio Agrícola y Ganadero, en adelante el Servicio, es la autoridad encargada de velar por el patrimonio fito y zoosanitario del país, y bajo este marco está facultada para adoptar las medidas tendientes a evitar la introducción al territorio nacional de plagas y enfermedades que puedan afectar la salud animal y vegetal, las que pueden provenir de mercancías importadas.
-
Que, en virtud de esa facultad, el Servicio dictó la resolución N° 7.214 de 2014, citada en vistos, que establece requisitos para la importación de plantas para plantar de uso ornamental.
-
Que, en resolución SAG N° 7.214 de 2014 se encuentran regulados géneros y especies ornamentales, que de acuerdo a evidencia científica, son hospedantes de Opogona sacchari.
-
Que durante el año 2019 se ha detectado a nivel de viveros, en envíos de palos de agua (Dracaena fragans massangeana), palmera de salón (Chamaedorea elegans Sin: Neanthe bella) o ) y palmera robelini (Phoenix roebelenii), la presencia de Opogona sacchari (Lepidoptera: Tineidae), plaga de importancia cuarentenaria para Chile.
-
Que de acuerdo a la trazabilidad de los envíos, se tiene constancia que las plantas encontradas positivas a la presencia de Opogona sacchari (Lepidoptera: Tineidae) corresponden a plantas importadas desde Costa Rica, bajo el amparo de los certificados Fitosanitarios N° 6271154-1 de octubre de 2018 y N° 6334457-1 de abril de 2019, los cuales no indican...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba