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Resolución núm. 734 EXENTA, publicada el 31 de Mayo de 2019. PROHÍBE CIRCULACIÓN DE VEHÍCULOS EN VÍA QUE INDICA DE LA CIUDAD DE RANCAGUA

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES
Rango de LeyResolución

PROHÍBE CIRCULACIÓN DE VEHÍCULOS EN VÍA QUE INDICA DE LA CIUDAD DE RANCAGUA

Núm. 734 exenta.- Rancagua, 7 de mayo de 2019.

Visto:

Lo dispuesto en la ley N° 18.059; en los artículos 96, 113 y 161 del DFL N° 1 de 2007 que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.290, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, Subsecretaría de Transportes y Ministerio de Justicia, Subsecretaría de Justicia; en el decreto 78, de 2012, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, Subsecretaría de Transportes; en el decreto supremo N° 83, de 1985, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, Subsecretaría de Transportes; en la resolución exenta N° 27, de 1986, de la Secretaría Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones de la Región del Libertador General Bernardo O'Higgins; en la resolución N° 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República; en la carta de fecha 29 de marzo de 2019, de la Sociedad Inmobiliaria y Constructora Vialfi Ltda., y la demás normativa aplicable.

Considerando:

  1. Que, mediante carta de fecha 29 de marzo de 2019, la Sociedad Inmobiliaria y Constructora Vialfi Ltda., citada en visto, solicita a esta Secretaría Regional Ministerial autorización para ejecutar trabajos de pavimentación en Av. Kennedy a la altura del acceso norte de la ciudad de Rancagua desde la Ruta Travesía, en el marco de la continuación de los trabajos que actualmente desarrolla en el contrato de Licitación "Mejoramiento Eje Kennedy, España, San Martín, Tramo 4, Comuna de Rancagua".

  2. Que, la ejecución de los trabajos anteriormente mencionados, forzosamente requieren el cierre del actual acceso norte a la ciudad de Rancagua, hacia Av. Kennedy desde la Ruta Travesía.

  3. Que, junto con la solicitud, la empresa adjuntó esquemas y planos de las operaciones que realizará en el tramo antes descrito, indicando la ubicación de la señalización transitoria por trabajos en la vía, con el objeto de mitigar los impactos que generará la ejecución de las obras solicitadas.

  4. Que, en reunión de coordinación en terreno entre UOCT O'Higgins, Seremitt y la empresa, de fecha 9 de abril de 2019, se acordaron los plazos y se ajustaron detalles de señalización y demarcación provisoria para la correcta y segura operación del plan de desvíos.

  5. Que, el DFL N°1 de 2007 citado en vistos señala en sus artículos N° 113 inciso primero y N° 161, respectivamente, que:

    "El Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones podrá prohibir...

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