Resolución núm. 726 EXENTA, publicada el 21 de Marzo de 2020. IMPARTE INSTRUCCIONES PARA LA CELEBRACIÓN DE JUNTAS GENERALES DE SOCIOS EN COOPERATIVAS POR MOTIVOS QUE INDICA - MINISTERIO DE ECONOMÍA, FOMENTO Y TURISMO - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 841410675

Resolución núm. 726 EXENTA, publicada el 21 de Marzo de 2020. IMPARTE INSTRUCCIONES PARA LA CELEBRACIÓN DE JUNTAS GENERALES DE SOCIOS EN COOPERATIVAS POR MOTIVOS QUE INDICA

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE ECONOMÍA, FOMENTO Y TURISMO
Rango de LeyResolución

IMPARTE INSTRUCCIONES PARA LA CELEBRACIÓN DE JUNTAS GENERALES DE SOCIOS EN COOPERATIVAS POR MOTIVOS QUE INDICA

Núm. 726 exenta.- Santiago, 17 de marzo de 2020.

Visto:

Lo dispuesto en el numeral 9 del artículo 19 de la Constitución Política de la República; en los artículos 22, 58, 58 bis y el literal a) del artículo 108, todos del decreto con fuerza de ley Nº5, de 2003, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, hoy Ministerio de Economía, Fomento y Turismo, que aprueba el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley General de Cooperativas; en los decretos Nº4 y Nº6, ambos de 2020, del Ministerio de Salud; en el artículo 58 del decreto supremo Nº101, de 2004, del citado Ministerio, que aprueba el reglamento de la mencionada ley; en la resolución administrativa exenta Nº 2.478, de 2015, del Departamento de Cooperativas de la Subsecretaría de Economía y Empresas de Menor Tamaño; en la resolución exenta RA Nº 119247/54/2020, de la Subsecretaría de Economía y Empresas de Menor Tamaño; y en la resolución Nº7, de 2019, de la Contraloría General de la República.

Considerando:

  1. Que, el 11 de marzo de 2020 la Organización Mundial de Salud (OMS) calificó como pandemia el brote mundial de la COVID-19, enfermedad infecciosa causada por el coronavirus.

  2. Que, mediante el decreto Nº4, de 5 de febrero de 2020, modificado mediante decreto Nº6, de 7 de marzo del mismo año, ambos del Ministerio de Salud, se declaró alerta sanitaria en todo el territorio de la República de Chile, con el objeto de enfrentar la amenaza a la salud pública producida por la propagación a nivel mundial del referido virus.

  3. Que, la declaración presidencial de 16 de marzo de 2020 denominada "Plan para enfrentar el coronavirus", en la cual S.E. el Presidente de la República dispone, entre otras medidas, que se podrán realizar solamente las ceremonias, eventos o actos públicos que sean estrictamente necesarios y con una participación máxima de 50 personas en cada uno.

  4. Que, el artículo 108 letra d) de la Ley General de Cooperativas, establece que el Departamento de Cooperativas podrá dictar normas e impartir instrucciones de carácter contable y administrativo para perfeccionar el funcionamiento de las cooperativas.

  5. Que, dado lo anterior, y con el objeto de favorecer la toma de decisiones informadas y la participación al interior de las cooperativas, el Departamento de Cooperativas dictó la...

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