Resolución núm. 7 EXENTA, publicada el 11 de Enero de 2019. DECRETA DESALOJO ADMINISTRATIVO DE PROPIEDAD FISCAL QUE SEÑALA, PREVIO REQUERIMIENTO CONTRA PERSONAS QUE INDICA - MINISTERIO DEL INTERIOR Y SEGURIDAD PÚBLICA - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 754990545

Resolución núm. 7 EXENTA, publicada el 11 de Enero de 2019. DECRETA DESALOJO ADMINISTRATIVO DE PROPIEDAD FISCAL QUE SEÑALA, PREVIO REQUERIMIENTO CONTRA PERSONAS QUE INDICA

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DEL INTERIOR Y SEGURIDAD PÚBLICA
Rango de LeyResolución

DECRETA DESALOJO ADMINISTRATIVO DE PROPIEDAD FISCAL QUE SEÑALA, PREVIO REQUERIMIENTO CONTRA PERSONAS QUE INDICA

Núm. 7 exenta.- Copiapó, 7 de enero de 2019.

Vistos:

  1. Las facultades contenidas en el DFL Nº 22 de 1959, artículo 26 letra e) y f), y artículos 33 y 34; b) decreto ley Nº 3.457 de 1980; c) Ley Nº 19.175 de 1992, Orgánica Constitucional sobre Gobierno y Administración Regional, artículo 4º letra h); d) Resolución Nº 1.600 de 5 de noviembre de 2008, que modifica resolución Nº 520 del año 1996, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la resolución Nº 55 del año 1992, ambas de la Contraloría General de la República; e) Decreto Nº 446 del 11 de marzo de 2018, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública; f) Inscripción Global de fojas 207 Nº 180 del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de la comuna de Caldera del año 1996; g) Ord. Nº 4701 de 20 de diciembre de 2013; h) Ord. Nº 2497 de 16 de octubre de 2014; i) Ord. Nº 1822 de 12 de diciembre de 2017; j) Ord. Nº 2531 de 6 de noviembre de 2018, de la Secretaría Regional Ministerial de Bienes Nacionales - Región de Atacama.

Considerando:

  1. Que, corresponde a esta autoridad velar por el cumplimiento de las leyes y reglamentos que rigen a los diversos Servicios Públicos.

  2. Que, dentro de tales facultades se encuentra la de vigilar y cuidar de la conservación de bienes del Estado, en particular del respeto al uso para los cuales fueron destinados, e impedir que se ocupen en todo o parte por personas ajenas a su beneficio o ámbito legal, y se restituyan en la medida que la entidad lo solicite, en conformidad a lo dispuesto en el artículo 4 letra h de la ley 19.175, entre los que se encuentra el bien raíz de administración y patrimonio de la Secretaría Regional Ministerial de Bienes Nacionales de la III Región de Atacama.

  3. Que, de acuerdo a la presentación efectuada por Secretaria Regional Ministerial de Bienes Nacionales, mediante Ord. Nº 4701 de fecha 20 de diciembre de 2013 y Ord. Nº 2497 de fecha 16 de octubre de 2014, se desprende de la Inscripción Global de fojas 207 Nº 180 del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de la comuna de Caldera del año 1996, que el propietario de éstos es el solicitante.

  4. Que la mencionada Secretaria Regional Ministerial de Bienes Nacionales, mediante Ord. Nº 4701 de fecha 20 de diciembre de 2013 y Ord. Nº 2497 de fecha 16 de octubre de 2014, ya antes...

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