Resolución núm. 7 EXENTA, publicada el 23 de Mayo de 2016. EJECUTA ACUERDO DEL CONSEJO DIRECTIVO SOBRE POLÍTICA DE PARTICIPACIÓN DEL CONSEJO PARA LA TRANSPARENCIA - CONSEJO PARA LA TRANSPARENCIA - OTROS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 640640397

Resolución núm. 7 EXENTA, publicada el 23 de Mayo de 2016. EJECUTA ACUERDO DEL CONSEJO DIRECTIVO SOBRE POLÍTICA DE PARTICIPACIÓN DEL CONSEJO PARA LA TRANSPARENCIA

Publicado enDiario Oficial
EmisorCONSEJO PARA LA TRANSPARENCIA
Rango de LeyResolución
Biblioteca del Congreso Nacional de Chile - www.leychile.cl - documento generado el 23-May-2016
Tipo Norma :Resolución 7 EXENTA
Fecha Publicación :23-05-2016
Fecha Promulgación :08-01-2013
Organismo :CONSEJO PARA LA TRANSPARENCIA
Título :EJECUTA ACUERDO DEL CONSEJO DIRECTIVO SOBRE POLÍTICA DE
PARTICIPACIÓN DEL CONSEJO PARA LA TRANSPARENCIA
Tipo Versión :Unica De : 23-05-2016
Inicio Vigencia :23-05-2016
Id Norma :1090681
Ultima Modificación :23-MAY-2016 Resolución 286 EXENTA
URL :https://www.leychile.cl/N?i=1090681&f=2016-05-23&p=
EJECUTA ACUERDO DEL CONSEJO DIRECTIVO SOBRE POLÍTICA DE PARTICIPACIÓN DEL CONSEJO
PARA LA TRANSPARENCIA
Núm. 7 exenta.- Santiago, 8 de enero de 2013.
Visto:
Lo dispuesto en el artículo 33 letras c) y h) de la Ley de Transparencia de la
Función Pública y de Acceso a la Información de la Administración del Estado,
aprobada por el artículo primero de la ley Nº 20.285, de 2008; la resolución
exenta Nº 398, de 18 de julio de 2012, que aprobó el Reglamento Orgánico del
Consejo; la ley Nº 20.500 sobre Asociación y Participación Ciudadana en la
Gestión Pública; la resolución exenta Nº 1, de 6 de marzo de 2009, que aprobó el
contrato de trabajo del Director General don Raúl Ferrada Carrasco; y el acta de la
sesión Nº 400 de 26 de diciembre de 2012 del Consejo Directivo del Consejo para la
Transparencia.
Considerando:
1. Que, la participación ciudadana en la gestión de los órganos públicos
persigue una activa intervención e involucramiento de la ciudadanía en el diseño y
elaboración de las decisiones públicas.
2. Que, dicha participación supone la apertura de espacios y mecanismos de
articulación entre los órganos públicos y los diversos actores sociales, así como
la creación de instrumentos y procedimientos puestos a disposición de los
ciudadanos para facilitar la intervención e involucramiento que se persigue.
3. Que, estas orientaciones han sido incorporadas al ordenamiento jurídico
nacional en la ley Nº 20.500, sobre Asociación y Participación Ciudadana en la
Gestión Pública, que no obstante no ser aplicable a este Consejo, sí lo convoca,
como a todo órgano del Estado, a establecer formalmente y promover espacios de
participación ciudadana.
4. Que, estas orientaciones son armónicas con las definiciones estratégicas de
este Consejo que "promueve la consolidación de un modelo de gestión gubernamental
que, inspirado en el Principio de Transparencia y el Derecho de Acceso a la
Información Pública, profundiza la democracia y fomenta la confianza en la función
pública sobre la base de la participación y el control ciudadano".
5. Que, el Consejo Directivo del Consejo para la Transparencia en sesión Nº 400
de 26 de diciembre de 2012, acordó las directrices en materia de participación en
el Consejo para la Transparencia,
Resuelvo:
1º Póngase en Ejecución acuerdo del Consejo Directivo sobre política de
participación del Consejo para la Transparencia, cuyo texto es el siguiente:
"POLÍTICA DE PARTICIPACIÓN DEL CONSEJO PARA LA TRANSPARENCIA"
I. Directrices de la Participación en el Consejo para la Transparencia.
En la gestión del Consejo para la Transparencia, en adelante e indistintamente
el CPLT, orientada a promover la transparencia de la función pública, fiscalizar el
cumplimiento de las normas sobre transparencia y publicidad de la información de los
órganos de la Administración del Estado y garantizar el derecho de acceso a la
información, los ciudadanos tienen un rol esencial, como usuarios y destinatarios de

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