Resolución núm. 692 EXENTA, publicada el 06 de Abril de 2019. INICIO DEL PROCESO DE EVALUACIÓN AMBIENTAL ESTRATÉGICA (EAE) DE LA MODIFICACIÓN DEL PLAN REGULADOR METROPOLITANO DE SANTIAGO, MODIFICACIÓN MPRMS - 109, AMPLIACIÓN LÍMITE DE EXTENSIÓN URBANA SECTOR CAMINO CHICUREO, COMUNA DE COLINA, CONFORME A LAS DISPOSICIONES ESTABLECIDAS EN EL ARTÍCULO 7 BIS DE LA LEY N° 19.300 - MINISTERIO DE VIVIENDA Y URBANISMO - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 776312757

Resolución núm. 692 EXENTA, publicada el 06 de Abril de 2019. INICIO DEL PROCESO DE EVALUACIÓN AMBIENTAL ESTRATÉGICA (EAE) DE LA MODIFICACIÓN DEL PLAN REGULADOR METROPOLITANO DE SANTIAGO, MODIFICACIÓN MPRMS - 109, AMPLIACIÓN LÍMITE DE EXTENSIÓN URBANA SECTOR CAMINO CHICUREO, COMUNA DE COLINA, CONFORME A LAS DISPOSICIONES ESTABLECIDAS EN EL ARTÍCULO 7 BIS DE LA LEY N° 19.300

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE VIVIENDA Y URBANISMO
Rango de LeyResolución

INICIO DEL PROCESO DE EVALUACIÓN AMBIENTAL ESTRATÉGICA (EAE) DE LA MODIFICACIÓN DEL PLAN REGULADOR METROPOLITANO DE SANTIAGO, MODIFICACIÓN MPRMS - 109, AMPLIACIÓN LÍMITE DE EXTENSIÓN URBANA SECTOR CAMINO CHICUREO, COMUNA DE COLINA, CONFORME A LAS DISPOSICIONES ESTABLECIDAS EN EL ARTÍCULO 7 BIS DE LA LEY N° 19.300

Núm. 692 exenta.- Santiago, 20 de marzo de 2019.

Vistos:

El DL 1.305; el DS 397 (V. y U.), de 1977; el DFL N° 458, de 1975, Ley General de Urbanismo y Construcciones; el DS 47, de 1992, Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones; la ley N° 19.880, que establece las Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los actos de los Órganos de la Administración del Estado; la resolución N° 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de Toma de Razón; el DS N° 29 (V. y U.), de 18 de abril de 2018, que nombra al infrascrito Secretario Ministerial Metropolitano; lo señalado en el artículo 7° bis de la ley 19.300 sobre Bases del Medio Ambiente; y el artículo 14 del Reglamento para la Evaluación Ambiental Estratégica, aprobado mediante decreto N° 32, de fecha 17.08.2015 y publicado en el Diario Oficial con fecha 04.11.2015.

Considerando:

  1. Lo dispuesto en las circulares Ord. N° 353 DDU 219, de fecha 29.05.2009 y Ord. N° 54 DDU 398, de fecha 05.02.2018, que instruyen sobre el ámbito de acción del Plan Regulador Intercomunal en el Área Urbana y Rural.

  2. La resolución exenta N° 1.946, de fecha 22.07.2015, de la Seremi de Vivienda y Urbanismo, que da inicio a la elaboración de antecedentes y estudios necesarios para la Modificación del Plan Regulador Metropolitano de Santiago, Límite de Extensión Urbana de Colina MPRMS - 109.

  3. Que los objetivos o metas que se buscan con la modificación del Plan Regulador Metropolitano de Santiago es incorporar una nueva área urbana en la comuna de Colina, en el sector adyacente a Camino Chicureo, que permita reconocer las actividades que se desarrollan en torno a la vía e incorporar nuevas vías al trazado intercomunal que permitan descongestionar Camino Chicureo a través de distintas alternativas.

  4. Que la justificación de realizar la Modificación del Plan Regulador Metropolitano de Santiago MPRMS - 109, se debe a que las actividades que se desarrollan actualmente en torno a Camino Chicureo, son consecuencia de la aplicación de autorizaciones de carácter excepcional y provisorio, que han consolidado un sector de equipamiento y servicios, en la...

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