Resolución núm. 69, publicada el 30 de Enero de 2019. APRUEBA NORMAS SOBRE DELEGACIÓN DE FACULTADES
Publicado en | Diario Oficial |
Emisor | MINISTERIO DE SALUD |
Rango de Ley | Resolución |
APRUEBA NORMAS SOBRE DELEGACIÓN DE FACULTADES
Núm. 69.- La Serena, 18 de diciembre de 2018.
Vistos:
Lo dispuesto en los artículos Nº 16, 20, y 23 letra m) del DFL 01/2005 del Ministerio de Salud que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del decreto ley Nº 2.763/79; los artículos 6 y 8 Nº II letra d) del decreto supremo Nº 140/2004 del Ministerio de Salud, que establece el Reglamento Orgánico de los Servicios de Salud; lo dispuesto en el Art. 41 del DFL 1/19.653 de 2001 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº 18.575 Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; resolución Nº 1.600/2008 y 10/2017, ambas de la Contraloría General de la República, decreto exento Nº 102 de 2018 del Ministerio de Salud y resolución TRA Nº 260/2017 de la Dirección del Servicio de Salud Coquimbo, y
Considerando:
1) La resolución afecta Nº 158/11.09.2000, complementada por resolución afecta Nº 10/28.01.2004, ambas de la Dirección del Servicio de Salud Coquimbo, que delegan facultades a los Directores de Hospitales en asuntos relativos a la Administración de Personal.
2) La necesidad de continuar agilizando y modernizando el funcionamiento del Servicio de Salud Coquimbo, delegando funciones con el objeto de radicar a nivel de establecimiento las facultades relativas a materias de administración de personal.
3) Que, dentro de las materias de personal de este Servicio de Salud, se encuentra la contratación de profesionales médicos, odontólogos y químico-farmacéuticos en conformidad a la ley 19.664 de 2001.
4) Que, dicho cuerpo normativo, faculta excepcional y expresamente al Director de Servicio de Salud a contratar profesionales en conformidad a lo dispuesto en los Arts. 9 y 21 de la ley 19.664, cumpliendo con los requisitos que esas disposiciones señalan.
5) Que, dicha facultad no ha sido delegada expresamente por la resolución afecta Nº 158/2000 del Servicio de Salud Coquimbo, razón por la que se deberá complementar y actualizar dicha resolución.
6) Que, el Art. 41 de la ley Nº 18.575 Orgánica de Bases Generales de la Administración del Estado, la delegación deberá ser parcial y sobre materias específicas, como los casos referidos precedentemente, cumpliéndose los demás requisitos de la delegación.
7) Que, por lo anteriormente expuesto y atendidas las facultades de mi cargo, dicto la siguiente:
Resolución:
-
- Apruébanse las...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba