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Resolución núm. 69 EXENTA, publicada el 27 de Abril de 2021. APRUEBA MODIFICACIÓN DEL REGLAMENTO DE FUNCIONAMIENTO DEL REGISTRO DE ORGANIZACIONES DE LA DEFENSORÍA DE LOS DERECHOS DE LA NIÑEZ

Publicado enDiario Oficial
EmisorDEFENSORÍA DE LOS DERECHOS DE LA NIÑEZ
Rango de LeyResolución

APRUEBA MODIFICACIÓN DEL REGLAMENTO DE FUNCIONAMIENTO DEL REGISTRO DE ORGANIZACIONES DE LA DEFENSORÍA DE LOS DERECHOS DE LA NIÑEZ

Núm. 69 exenta.- Santiago, 7 de abril de 2021.

Vistos:

Lo dispuesto en la ley N° 21.067, de 2018, que Crea la Defensoría de los Derechos de la Niñez; el decreto supremo N° 008, de fecha 23 de abril de 2018, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, publicado en el Diario Oficial el 23 de junio de 2018, que designa a doña Patricia Muñoz García como Defensora de la Niñez, Directora y Representante legal de la institución; el decreto supremo N° 15, de fecha 05 de septiembre de 2018, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, publicado en el Diario Oficial el 18 de marzo de 2019, que Aprueba los Estatutos de Funcionamiento de la Defensoría de los Derechos de la Niñez; los artículos 17 y 19 de la ley N° 21.067, previamente citada; la resolución exenta N° 46 de la Defensoría de los Derechos de la Niñez, de fecha 25 de marzo de 2019, que Aprueba el Reglamento de Funcionamiento del Registro de Organizaciones de la Defensoría de los Derechos de la Niñez; y la resolución exenta N° 47 de la Defensoría de los Derechos de la Niñez, de fecha 25 de marzo de 2019, que Aprueba el Reglamento de Funcionamiento Interno del Consejo Consultivo de la Defensoría de los Derechos de la Niñez.

Considerando:

  1. Que, de conformidad con el artículo 2 de la ley N° 21.067, la Defensoría de los Derechos de la Niñez tiene por objeto la difusión, promoción y protección de los derechos de que son titulares los niños, de acuerdo a la Constitución Política de la República, a la Convención sobre los Derechos del Niño y a los demás tratados internacionales ratificados por Chile que se encuentren vigentes, así como a la legislación nacional, velando por su interés superior.

  2. Que, de conformidad al artículo 14 letra a) y al inciso tercero del artículo 19 de la ley N° 21.067, le corresponde al (la) Defensor(a) de la Niñez, dirigir, organizar y administrar la Defensoría, pudiendo dictar resoluciones para tal efecto, que se encontrarán exentas del trámite de toma de razón por la Contraloría General de la República.

  3. Que, en cumplimiento a lo establecido en el artículo 17 de la ley N° 21.067, en concordancia con los artículos 11 y 12 de los Estatutos de la Defensoría de la Niñez, el (la) Defensor(a) de la Niñez debe dictar un Reglamento interno que regule el procedimiento del Registro de los agentes de la sociedad civil, de organizaciones de niños, niñas y adolescentes y de las universidades reconocidas por el Estado y acreditadas.

  4. Que, en virtud de la resolución exenta N° 46 de fecha 25 de marzo de 2019, que Aprueba el Reglamento de Funcionamiento del Registro de Organizaciones de la Defensoría de los Derechos de la Niñez, se inició el proceso de inscripción en dicho Registro de organizaciones de la sociedad civil, de las organizaciones de niños, niñas y adolescentes y de las universidades reconocidas y acreditadas por el Estado, además de establecer las normas para el funcionamiento del Registro de Organizaciones, cuyos representantes pueden ser designados para integrar el Consejo Consultivo, de conformidad a lo señalado en el artículo 12 de los Estatutos de la Defensoría de los Derechos de la Niñez.

  5. Que, de conformidad al análisis efectuado durante el periodo de funcionamiento del Registro de Organizaciones de la Defensoría de los Derechos de la Niñez y considerando la próxima renovación de su Consejo Consultivo en cumplimiento a lo establecido en el artículo 13 de los Estatutos de la Defensoría de los Derechos de la Niñez, se hace necesario actualizar algunas de sus disposiciones con el fin de permitir mejoras al proceso de inscripción al registro, el que se encuentra relacionado con la próxima designación de los integrantes del Consejo Consultivo de la Defensoría de los Derechos de la Niñez.

  6. Que, de esta forma, se hace necesario modificar los artículos 1, 5, 7, 8 y 10 de la resolución exenta N° 46 de fecha 25 de marzo de 2019, que Aprueba el Reglamento de Funcionamiento del Registro de Organizaciones de la Defensoría de los Derechos de la Niñez.

    Resuelvo:

  7. Modifíquense los artículos 1°, 5°, 7°, 8° y 10 de la resolución exenta N° 46 de fecha 25 de marzo de 2019, que Aprueba el Reglamento de Funcionamiento del Registro de Organizaciones de la Defensoría de los Derechos de la Niñez.

  8. Apruébese el siguiente texto íntegro del Reglamento de Funcionamiento del Registro de Organizaciones, cuyo tenor es el siguiente:

    REGLAMENTO DE FUNCIONAMIENTO DEL REGISTRO DE ORGANIZACIONES DE LA DEFENSORÍA DE LOS DERECHOS DE LA NIÑEZ

TÍTULO I NORMAS GENERALES Artículos 1 a 3
Artículo 1° Ámbito de aplicación

Créase el Registro de Organizaciones de la sociedad civil, de las organizaciones de niños, niñas y adolescentes y de las universidades reconocidas por el Estado y acreditadas, el cual estará a cargo de la Defensoría de los Derechos de la Niñez.

El presente Reglamento establece las normas para el funcionamiento del Registro de Organizaciones, cuyos representantes podrán ser designados para integrar el Consejo Consultivo, de conformidad a lo señalado en el artículo 11 de los Estatutos de la Defensoría de los Derechos de la Niñez.

Artículo 2° Glosario

Para los efectos del presente Reglamento se tendrán presente los siguientes términos:

  1. Consejo: Consejo Consultivo a que se refiere el artículo 17 de la ley N° 21.067.

  2. Defensoría de los Derechos de la Niñez: Corporación autónoma de derecho público creada por la ley N° 21.067, en adelante, la Defensoría de la Niñez.

  3. Estatutos: Estatutos de funcionamiento de la Defensoría de los Derechos de la Niñez.

  4. Ley: Ley N° 21.067, que crea la Defensoría de los Derechos de la Niñez.

  5. Organización(es): Organización(es) de la sociedad civil, organización(es) de niños, niñas y adolescentes y universidades reconocidas por el Estado y acreditadas, que tengan dentro de sus objetivos la defensa, promoción y/o protección de los derechos humanos de niños, niñas o adolescentes, según sea el caso y, en...

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