Resolución núm. 6743 EXENTA, publicada el 14 de Septiembre de 2018. MODIFICA LA RESOLUCIÓN EXENTA N° 11.504 (V. Y U.), DE 2017 Y N° 513 (V. Y U.), DE 2018, QUE LLAMAN A PROCESO DE SELECCIÓN EN CONDICIONES ESPECIALES PARA EL OTORGAMIENTO DE SUBSIDIOS HABITACIONALES DEL PROGRAMA FONDO SOLIDARIO DE ELECCIÓN DE VIVIENDA, REGULADO POR EL D.S. N° 49 (V. Y U.), DE 2011, PARA PROYECTOS DE CONSTRUCCIÓN EN NUEVOS TERRENOS, EN LA ALTERNATIVA DE POSTULACIÓN COLECTIVA, EN EL SENTIDO QUE INDICA
Publicado en | Diario Oficial |
Emisor | MINISTERIO DE VIVIENDA Y URBANISMO |
Rango de Ley | Resolución |
MODIFICA LA RESOLUCIÓN EXENTA N° 11.504 (V. Y U.), DE 2017 Y N° 513 (V. Y U.), DE 2018, QUE LLAMAN A PROCESO DE SELECCIÓN EN CONDICIONES ESPECIALES PARA EL OTORGAMIENTO DE SUBSIDIOS HABITACIONALES DEL PROGRAMA FONDO SOLIDARIO DE ELECCIÓN DE VIVIENDA, REGULADO POR EL D.S. N° 49 (V. Y U.), DE 2011, PARA PROYECTOS DE CONSTRUCCIÓN EN NUEVOS TERRENOS, EN LA ALTERNATIVA DE POSTULACIÓN COLECTIVA, EN EL SENTIDO QUE INDICA
Santiago, 7 de septiembre de 2018.- Hoy se resolvió lo que sigue:
Núm. 6.743 exenta.
Visto:
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El DS N° 49 (V. y U.), de 2011, y sus modificaciones, que reglamenta el Programa Habitacional Fondo Solidario de Elección de Vivienda;
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La resolución exenta N° 11.504 (V. y U.), de fecha 26 de septiembre de 2017, y sus modificaciones, que llama a proceso de selección en condiciones especiales para el otorgamiento de subsidios del Programa Habitacional Fondo Solidario de Elección de Vivienda, regulado por el DS N° 49 (V. y U.), de 2011, en la alternativa de postulación colectiva a Cooperativas Cerradas de Vivienda, para el desarrollo de proyectos de construcción en nuevos terrenos, y
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La resolución exenta N° 513 (V. y U.), de fecha 30 de enero de 2018, y sus modificaciones, que llama a proceso de selección en condiciones especiales para el otorgamiento de subsidios habitacionales del Fondo Solidario de Elección de Vivienda, regulado por el DS N° 49 (V. y U.), de 2011, para proyectos de Construcción en Nuevos Terrenos en las comunas que indica, a personas jurídicas de derecho público y privado sin fines de lucro, en el mes de febrero de 2018;
Considerando:
Que, es necesario aclarar algunas condiciones de los llamados a que se refieren las resoluciones citadas en los visto b) y c), precedentes, y rectificar información respecto a los plazos de calificación de los proyectos, por lo que dicto la siguiente
Resolución:
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- Modifícase la resolución exenta N° 11.504 (V. y U.), de 2017, y sus modificaciones, en el siguiente sentido:
Reemplázase la letra b) del Resuelvo 5.5, por lo siguiente:
"b) La cooperativa tendrá un máximo de 12 meses a partir de la publicación de la resolución que asigna los subsidios, para desarrollar el proyecto habitacional e ingresarlo al Banco de Postulaciones. Sin perjuicio de lo anterior, mediante...
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