Resolución núm. 6670 EXENTA, publicada el 14 de Febrero de 2015. APRUEBA PROGRAMA DE ESTUDIOS DEL CENTRO DE FORMACIÓN TÉCNICA CFT SAN AGUSTÍN DE TALCA, CIUDAD DE TALCA, PARA FINES QUE INDICA. CARRERA DE TÉCNICO DE NIVEL SUPERIOR EN REDES ELÉCTRICAS - MINISTERIO DE ENERGÍA - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 557427686

Resolución núm. 6670 EXENTA, publicada el 14 de Febrero de 2015. APRUEBA PROGRAMA DE ESTUDIOS DEL CENTRO DE FORMACIÓN TÉCNICA CFT SAN AGUSTÍN DE TALCA, CIUDAD DE TALCA, PARA FINES QUE INDICA. CARRERA DE TÉCNICO DE NIVEL SUPERIOR EN REDES ELÉCTRICAS

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE ENERGÍA
Rango de LeyResolución

APRUEBA PROGRAMA DE ESTUDIOS DEL CENTRO DE FORMACIÓN TÉCNICA CFT SAN AGUSTÍN DE TALCA, CIUDAD DE TALCA, PARA FINES QUE INDICA. CARRERA DE TÉCNICO DE NIVEL SUPERIOR EN REDES ELÉCTRICAS

Núm. 6.670 exenta.- Santiago, 14 de enero de 2015.- Visto: Lo dispuesto en el DFL Nº 4/20.018, de 2006, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción; en el decreto supremo Nº 327, de 1997, del Ministerio de Minería; en el decreto supremo Nº 92, de 1983, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción; en la Ley Nº 18.410; en la resolución exenta Nº 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República, y

Considerando:

  1. Que mediante carta de fecha 07.09.2011, el Rector del CFT San Agustín de Talca solicitó a esta Superintendencia se indicaran los requerimientos que se deben cumplir para la aprobación de los Planes y Programas de Estudios de la carrera "Técnico de Nivel Superior en Redes Eléctricas", de dicho establecimiento educacional, para que sus titulados puedan optar sin otro requisito a la licencia de instalador eléctrico, clase C.

  2. Que mediante oficio Ord. Nº 11.229, de fecha 27.10.2011, esta Superintendencia informó al Rector del CFT San Agustín de Talca los documentos que debía remitir para la aprobación del mencionado Plan y Programa de Estudios de la carrera "Técnico de Nivel Superior en Redes Eléctricas".

  3. Que mediante carta de fecha 25.10.2012, el Rector del citado CFT adjuntó los documentos solicitados por esta Superintendencia mediante oficio Ord. Nº 11.229, de fecha 27.10.2011.

  4. Que mediante oficio Ord. Nº 2.251, de fecha 13.03.2013, esta Superintendencia rechazó la solicitud de aprobación del Plan y Programa de Estudios de la carrera "Técnico de Nivel Superior en Redes Eléctricas" para la obtención de la licencia clase C, por tener un escaso contenido del Plan de Formación Diferenciada y una carga horaria inferior a la sugerida en el decreto Nº 220, del Ministerio de Educación.

  5. Que con fecha 05.04.2013, el Rector del CFT San Agustín de Talca solicitó reconsiderar el pronunciamiento contenido en el oficio Ord. Nº 2.251, de fecha 13.03.2013, argumentando que su Centro de Formación Técnica es una institución de educación superior, según lo establecido en el artículo 52º del DFL Nº 2 del Ministerio de Educación, que fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº 20.370, con las normas no derogadas del decreto con fuerza de ley Nº 1, de 2005, y ha desarrollado los planes de estudio que imparte conforme a lo preceptuado en...

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