Resolución núm. 639 EXENTA, publicada el 17 de Agosto de 2019. APRUEBA CUARTA EDICIÓN DE LA NORMA AERONÁUTICA SERVICIOS DE SEGURIDAD PRIVADA EN LOS RECINTOS AERONÁUTICOS (DAN 17 02) - MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 808822725

Resolución núm. 639 EXENTA, publicada el 17 de Agosto de 2019. APRUEBA CUARTA EDICIÓN DE LA NORMA AERONÁUTICA SERVICIOS DE SEGURIDAD PRIVADA EN LOS RECINTOS AERONÁUTICOS (DAN 17 02)

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL
Rango de LeyResolución

APRUEBA CUARTA EDICIÓN DE LA NORMA AERONÁUTICA SERVICIOS DE SEGURIDAD PRIVADA EN LOS RECINTOS AERONÁUTICOS (DAN 17 02)

Núm. 639 exenta.- Santiago, 28 de junio de 2019.

Vistos:

  1. Ley N° 16.752, de 1968, que fija la Organización y Funciones y Establece las Disposiciones Generales de la Dirección General de Aeronáutica Civil y sus posteriores modificaciones.

  2. Ley N° 18.916, de 1990, aprueba el Código Aeronáutico, y sus posteriores modificaciones.

  3. DFL N° 1-19653, de 2000, que fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado y sus posteriores modificaciones.

  4. Decreto ley N° 3.607, del Ministerio del Interior, deroga DL N° 194, de 1973, y establece nuevas normas sobre funcionamiento de vigilantes privados.

  5. Decreto supremo N° 172, de 1974, del Ministerio de Defensa Nacional. que aprueba Reglamento DAR 50, sobre Tasas y Derechos Aeronáuticos y sus posteriores modificaciones.

  6. Decreto N° 133, de 1984, del Ministerio de Salud, que aprueba Reglamento sobre autorizaciones para instalaciones radiactivas o equipos generadores de radiaciones ionizantes, personal que se desempeña en ellas, u opere tales equipos y otras actividades afines.

  7. Decreto supremo N° 93, de 1985, del Ministerio de Defensa Nacional, que aprueba Reglamento del Artículo 5° bis del DL N° 3.607, modificado por el DL N° 3.636, ambos de 1981, y por la ley N° 18.422.

  8. Decreto supremo N° 1.773, de 1994, del Ministerio del Interior, que aprueba Reglamento del decreto ley N° 3.607, de 1981, sobre funcionamiento de vigilantes privados y deroga decreto N° 315, de 1981.

  9. Decreto supremo N° 148, de 2004, del Ministerio de Defensa Nacional, que aprueba Segunda Edición, DAR 51 Reglamento del Procedimiento Infraccional Aeronáutico.

  10. Decreto supremo N° 222, de 2004, del Ministerio de Defensa Nacional, que aprueba Reglamento Orgánico y de Funcionamiento de la DGAC y sus posteriores modificaciones.

  11. Decreto supremo N° 63, de 2008, del Ministerio de Defensa Nacional, que aprueba Reglamento DAR 17, Seguridad, Protección de la Aviación Civil contra los Actos de Interferencia Ilícita y sus posteriores modificaciones.

  12. Decreto supremo N° 680, de 2015, del Ministerio de Defensa Nacional (SS.FF.AA), que nombra al Sr. Víctor Villalobos Collao, General de Aviación, como Director General de Aeronáutica Civil.

  13. Resolución N° 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República, que Fija normas sobre exención del trámite de toma razón y sus posteriores modificaciones.

  14. Resolución N° 185, de 2016, de la Dirección General de Aeronáutica Civil, que aprueba Quinta Edición del Programa Nacional de Control de Calidad de Seguridad de la Aviación Civil (PNCCSAC) y sus posteriores modificaciones.

  15. Resolución exenta N° 463, de 2016, de la Dirección General de Aeronáutica Civil, que aprueba Quinta Edición del Programa Nacional de Seguridad de la Aviación Civil (PNSAC) y sus posteriores modificaciones.

  16. Resolución exenta N° 812, de 2016, de la Dirección General de Aeronáutica Civil, que aprueba Tercera Edición del Programa Nacional de Seguridad de la Carga Aérea (PNSCA) y sus posteriores modificaciones.

  17. Resolución exenta N° 600, de 2018, de la Dirección General de Aeronáutica Civil, aprueba Tercera Edición del Programa Nacional de Instrucción de la Seguridad de la Aviación Civil (PNISAC) y sus posteriores modificaciones.

  18. Resolución exenta N° 839, de 2018, de la Dirección General de Aeronáutica Civil, que aprueba Primera Edición de la Norma Aeronáutica Transporte de Valores en Aeródromos (DAN 17 05).

  19. Resolución exenta N° 185, de 2019, de la Dirección General de Aeronáutica Civil, que aprueba Tercera Edición de la Norma Aeronáutica Servicios de Seguridad Privada en los Recintos Aeronáuticos (DAN 17 02).

  20. Resolución exenta N° 586, de 2019, de la Dirección General de Aeronáutica Civil, que aprueba Cuarta Edición de la Norma Aeronáutica, Credenciales y Permisos Aeroportuarios (DAN 17 03).

  21. Resolución exenta N° 638, de 2019, de la Dirección General de Aeronáutica Civil, que aprueba Tercera Edición de la Norma Aeronáutica, Requisitos para la Certificación de Instructores y aprobación de Programas de Instrucción en materias de Seguridad de la Aviación Civil (DAN 17 04),

  22. Oficio Of. (R) N° 03/022/043, de 2019, de la Dirección General de Aeronáutica Civil, que remite Plan de Acciones Correctiva de auditoría USAP-CMA a la OACI.

Considerando:

  1. Que, conforme a lo dispuesto en letra y) de los Vistos, la Dirección General de Aeronáutica Civil ha definido un Plan de Acciones Correctivas para atender las constataciones derivadas de la Auditoría USAP practicada al Estado de Chile en octubre de 2018. Cumpliendo con los plazos definidos ha sido necesario incorporar en el cuerpo normativo de los Vistos letra w), que cada aeródromo establezca un mecanismo de fiscalización permanente para asegurar que el personal de seguridad privada cumpla con los requisitos para desempeñar sus funciones y las necesidades para su recertificación.

  2. La aprobación de la norma aeronáutica señalada en la letra x) de lo Vistos, requiere modificar los alcances para la tramitación y renovación de la TICA para el personal de seguridad privada que brinde servicios en un aeródromo.

  3. Que, atendidas las modificaciones señaladas en los párrafos anteriores surge la necesidad de actualizar la norma aeronáutica contenida en la letra w) de los Vistos.

Resuelvo:

1) Apruébase la Cuarta Edición de la Norma Aeronáutica DAN 17 02 Servicios de Seguridad Privada en los Recintos Aeronáuticos.

2) Derógase la resolución exenta N° 185, del 20 de febrero de 2019, de la Dirección General de Aeronáutica Civil, que aprueba Tercera Edición de la Norma Aeronáutica DAN 17 02 "Servicios de Seguridad Privada en los Recintos Aeronáuticos".

Anótese, comuníquese y publíquese en el Diario Oficial.- Víctor Villalobos Collao, General de Aviación, Director General.

I. MATERIA

CAPÍTULO 1 GENERALIDADES

1.1 Conforme al artículo 1° del DL 3.607, tratándose de entidades ubicadas en aeródromos u otros espacios sometidos al control de la Autoridad Aeronáutica, las atribuciones que se otorgan en ese decreto ley a Carabineros de Chile serán ejercidas por la Dirección General de Aeronáutica Civil (DGAC).

1.2 Acorde al artículo 3° de la ley N° 16.752, corresponde a la DGAC, dictar normas técnicas en resguardo de la seguridad de los recintos aeroportuarios.

1.3 Las personas naturales o jurídicas que realicen o tengan por objeto desarrollar labores de asesoría o de prestación de servicios en materias inherentes a seguridad privada, para las entidades ubicadas en recintos aeroportuarios o espacios sometidos a control de la DGAC deberán ser autorizados previamente por ésta y cumplir lo establecido en la presente normativa. Ello sin perjuicio del cumplimiento de otros requisitos y autorizaciones que requiera el desarrollo de estas labores.

1.4 Se exceptuarán del cumplimiento de esta norma, aquellos recintos aeronáuticos en cuyos espacios no se realicen operaciones aeroportuarias, en estos casos la Autoridad Aeronáutica fiscalizará el cumplimiento de las normas generales de seguridad privada del decreto ley 3.607 y los reglamentos del Ministerio del Interior y Seguridad Pública y del Ministerio de Defensa que rijan sobre la materia.

1.5 En los casos que no estén especialmente resueltos por esta norma, se aplicarán las normas del decreto ley 3.607 y los reglamentos del Ministerio del Interior y Seguridad Pública y del Ministerio de Defensa que rijan la materia.

1.6 El personal que aplica controles de seguridad deberá tener todas las competencias requeridas para desempeñar sus funciones y deberá recibir instrucción apropiada de conformidad a los requisitos del Programa Nacional de Seguridad de la Aviación Civil (PNSAC) y el Programa Nacional de Instrucción de la Seguridad de la Aviación Civil (PNISAC).

1.7 Alcances.

1.7.1 Las disposiciones contenidas en la presente norma son aplicables a:

  1. Entidades asesoras en materias de seguridad;

  2. Entidades prestadoras de servicios en recursos humanos;

  3. Entidades prestadoras de servicio en materias de seguridad (recursos técnicos);

  4. Personas naturales interesadas en desarrollar actividades de seguridad privada en recintos aeroportuarios o espacios sometidos al control de la DGAC;

  5. Los que contraten con entidades prestadoras de servicios de seguridad privada, o aquellas organizaciones o empresas que cuenten con servicios propios de seguridad privada;

f)

1.7.2 La DGAC, a través del Departamento de Aeródromos y Servicios Aeronáuticos (DASA), será responsable del proceso de aprobación y autorización de las materias de seguridad privada.

CAPÍTULO 2 PRESTADORES DE SERVICIOS DE SEGURIDAD PRIVADA

2.1 La persona jurídica interesada en desarrollar prestaciones de servicios de seguridad privada en recintos aeroportuarios o espacios sometidos a control de la DGAC son:

  1. Entidades asesoras en materias de seguridad

    Son aquellas que tienen por objeto dar consejo o ilustrar con su parecer a una persona o entidad, con el propósito de aportar en el buen funcionamiento de una instalación, tanto en sus bienes como en las personas que en ellas se encuentren.

  2. Entidades prestadoras de servicios en recursos humanos

    Se entenderá por prestación de estos servicios, a quienes proporcionan bajo cualquier forma o denominación, recursos humanos a terceros con similares propósitos a los señalados en el número anterior. Entendiéndose para estos fines, la operación de equipos de rayos X para la inspección de seguridad de...

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