Resolución núm. 639 EXENTA, publicada el 04 de Mayo de 2017. APRUEBA CONVENIO DE COLABORACIÓN Y ACUERDO COMPLEMENTARIO ENTRE SUBSECRETARÍA GENERAL DE GOBIERNO Y LA UNIVERSIDAD DE AYSÉN - SECRETARÍA GENERAL DE GOBIERNO - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 678366317

Resolución núm. 639 EXENTA, publicada el 04 de Mayo de 2017. APRUEBA CONVENIO DE COLABORACIÓN Y ACUERDO COMPLEMENTARIO ENTRE SUBSECRETARÍA GENERAL DE GOBIERNO Y LA UNIVERSIDAD DE AYSÉN

Publicado enDiario Oficial
EmisorSECRETARÍA GENERAL DE GOBIERNO
Rango de LeyResolución

APRUEBA CONVENIO DE COLABORACIÓN Y ACUERDO COMPLEMENTARIO ENTRE SUBSECRETARÍA GENERAL DE GOBIERNO Y LA UNIVERSIDAD DE AYSÉN

Núm. 272/639 exenta.- Santiago, 25 de abril de 2017.

Vistos:

La ley Nº 19.032, del Ministerio Secretaría General de Gobierno, que Reorganiza el Ministerio Secretaría de Gobierno; el decreto con fuerza de ley Nº 1 (ley Nº 19.032) del Ministerio Secretaría General de Gobierno, de 1992, que Modifica la Organización del Ministerio Secretaría General de Gobierno; el decreto con fuerza de ley Nº 1/19.653, que fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; la ley Nº 19.880, que establece las Bases Generales de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; la ley Nº 20.981, de Presupuestos del Sector Público para el año 2017; el decreto supremo Nº 16, de 26 de octubre de 2016, del Ministerio Secretaría General de Gobierno, que nombra Subsecretario General de Gobierno; el Registro Nº 67/3, de 12 de abril de 2017; y la resolución exenta Nº 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República.

Considerando:

  1. Que, tanto el Ministerio Secretaría General de Gobierno como la Universidad de Aysén comparten entre sus objetivos propios el de contribuir en su ámbito de acción, al desarrollo económico, cultural, social y territorial de la Región de Aysén del General Carlos Ibáñez del Campo.

  2. En este sentido, es dable tener en cuenta, en lo que respecta a la Universidad de Aysén que, de acuerdo con su Estatuto, se establece que, en correspondencia con su carácter regional, orientará su quehacer, preferentemente a atender las necesidades e intereses de la Región de Aysén.

  3. Que, por su parte, acorde con la ley Nº 19.032, que lo reorganiza y con el DFL Nº 1, de 1992, del Ministerio Secretaría General de Gobierno, que modifica la organización de dicha Secretaría de Estado, le corresponde en lo substancial constituir un canal de vinculación entre el Gobierno y las distintas organizaciones sociales, fomentar los valores propios de la cultura nacional, promover la participación ciudadana en los términos que señala, con el fin de facilitar la expresión de las necesidades de la ciudadanía y resolverlas en función del interés social.

  4. Que, el inciso segundo del artículo 31 del DFL Nº 1/19.653 dispone que al Jefe de Servicio le corresponderá dirigir, organizar y administrar el correspondiente servicio; controlarlo y velar por el cumplimiento de sus objetivos; responder de su gestión, y desempeñar las demás funciones que la ley les asigne.

  5. Dentro de estas facultades se entiende la de celebrar convenios de colaboración con otras entidades, en virtud del principio de coordinación establecido en el inciso segundo del artículo de la Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, que permitan la mejor consecución de los fines públicos de las diversas entidades.

  6. Que, el trabajo conjunto y coordinado en terreno es fundamental para brindar un mejor servicio público a la ciudadanía, siendo la Universidad de Aysén una institución fundamental para el desarrollo económico, cultural y cívico de la Región de Aysén del General Carlos Ibáñez del Campo.

  7. Por estos motivos, se hace necesario suscribir un Convenio de Colaboración entre ambas entidades con el objeto de afinar el trabajo mancomunado que se desarrollará con este Ministerio.

  8. Que, además de la suscripción de un Convenio de Colaboración general, para efectos de establecer en particular actividades dentro de este instrumento, se hace necesario suscribir también un acuerdo complementario.

    Resuelvo:

  9. Apruébase el convenio de colaboración suscrito por este Ministerio con la Universidad de Aysén, de fecha 5 de abril de 2017, cuyo texto es el siguiente:

    "CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE UNIVERSIDAD DE AYSÉN Y LA SECRETARÍA REGIONAL MINISTERIAL DE GOBIERNO DE AYSÉN

    En Coyhaique, el día 5 de abril de 2017, comparecen la Universidad de Aysén, entidad con personalidad jurídica y patrimonio propio, regida por su estatuto orgánico, en adelante indistintamente "UAYSEN", representada, según se acreditará, por doña María Teresa Marshall Infante, en su calidad de Rectora, Cédula Nacional de Identidad Nº 5.710.150-4, ambos con domicilio en calle Obispo Vielmo Nº 62, Coyhaique; y el Ministerio Secretaría General de Gobierno, representada, según se acreditará, por el Subsecretario General de Gobierno, don Omar Jara Aravena, Cédula Nacional de Identidad Nº 9.078.072-7, con domicilio en Palacio de la Moneda, sin número, comuna de Santiago; que acuerdan lo siguiente:

    Considerando:

  10. Que estas entidades comparten entre sus objetivos propios el de contribuir en su ámbito de acción, al desarrollo económico, cultural, social y territorial de la Región de Aysén.

  11. En este sentido, es dable tener en cuenta, en lo que respecta a la Universidad de Aysén que, de acuerdo con su Estatuto, se establece que, en correspondencia con su carácter regional, orientará su quehacer, preferentemente a atender las necesidades e intereses de la Región de Aysén.

  12. Que, por su parte, acorde con la ley Nº 19.032, que lo reorganiza y con el DFL Nº 1, de 1992, del Ministerio Secretaría General de Gobierno, que modifica la organización de dicha Secretaría de Estado, le corresponde en lo substancial constituir un canal de vinculación entre el Gobierno y las distintas organizaciones sociales, fomentar los valores propios de la cultura nacional, promover la participación ciudadana en los términos que señala, con el fin de facilitar la expresión de las necesidades de la ciudadanía y resolverlas en función del interés social.

  13. Que de acuerdo a lo establecido en los artículos 26 de la ley Nº 18.575, y sus modificaciones, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, y 61 de la ley Nº 19.175, Orgánica Constitucional sobre Gobierno y Administración Regional, y sus modificaciones, los Ministerios se desconcentrarán territorialmente mediante Secretarías Regionales Ministeriales, de acuerdo con sus respectivas leyes orgánicas, salvo las excepciones que señalan esas disposiciones. Ello implica que las mentadas Secretarías Regionales Ministeriales pueden representar en la región respectiva al Ministerio correspondiente, para adoptar aquellas decisiones, que tengan por fin descongestionar su actuar en el ámbito regional respectivo, quedando, por cierto, siempre sujeta a la potestad superior de aquél.

    Acuerdan suscribir el siguiente convenio

    PRIMERO: COMPROMISOS

    La Universidad se Aysén y el Ministerio Secretaría General de Gobierno, se comprometen a través del presente convenio de colaboración a desarrollar investigaciones, estudios, actividades de formación, vinculadas con el medio en la Región de Aysén, abordando materias de alto interés para el desarrollo regional.

    SEGUNDO: OBJETO

    Las entidades se comprometen a intercambiar experiencias y buscar participación efectiva para conseguir el desarrollo de lineamientos y directrices dirigidos al:

    1. Desarrollo de alianzas con otras instituciones, públicas y privadas, para la implementación de iniciativas de interés regional.

    2. Realización de seminarios, actividades de extensión y...

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