Resolución núm. 6305 EXENTA, publicada el 22 de Mayo de 2017. OTORGA SUBSIDIOS DEL PROGRAMA HABITACIONAL FONDO SOLIDARIO DE ELECCIÓN DE VIVIENDA, TIPOLOGÍA CONSTRUCCIÓN EN SITIO PROPIO, CONFORME AL ARTÍCULO 27 DEL DS N° 49 (V. Y U.), DE 2011, Y SUS MODIFICACIONES, A FAMILIAS DE LA COMUNA DE RÍO BUENO, DE LA REGIÓN DE LOS RÍOS - MINISTERIO DE VIVIENDA Y URBANISMO - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 679633345

Resolución núm. 6305 EXENTA, publicada el 22 de Mayo de 2017. OTORGA SUBSIDIOS DEL PROGRAMA HABITACIONAL FONDO SOLIDARIO DE ELECCIÓN DE VIVIENDA, TIPOLOGÍA CONSTRUCCIÓN EN SITIO PROPIO, CONFORME AL ARTÍCULO 27 DEL DS N° 49 (V. Y U.), DE 2011, Y SUS MODIFICACIONES, A FAMILIAS DE LA COMUNA DE RÍO BUENO, DE LA REGIÓN DE LOS RÍOS

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE VIVIENDA Y URBANISMO
Rango de LeyResolución

OTORGA SUBSIDIOS DEL PROGRAMA HABITACIONAL FONDO SOLIDARIO DE ELECCIÓN DE VIVIENDA, TIPOLOGÍA CONSTRUCCIÓN EN SITIO PROPIO, CONFORME AL ARTÍCULO 27 DEL DS N° 49 (V. Y U.), DE 2011, Y SUS MODIFICACIONES, A FAMILIAS DE LA COMUNA DE RÍO BUENO, DE LA REGIÓN DE LOS RÍOS

Santiago, 17 de mayo de 2017.- Hoy se resolvió lo que sigue:

Núm. 6.305 exenta.

Visto:

  1. La facultad que me confiere el artículo 27, del DS N° 49 (V. y U.), de 2011, y sus modificaciones, que reglamenta el Programa Habitacional Fondo Solidario de Elección de Vivienda, para asignar directamente por resoluciones hasta un 30% de la cantidad de recursos dispuestos, para la atención de personas que se encuentren en situaciones especiales de urgente necesidad habitacional, derivadas de casos fortuitos, de fuerza mayor u otros, debidamente calificados por la Ministra, o para la atención de damnificados como consecuencia de sismos o catástrofes, así como para aquellos proyectos habitacionales en que, por razones de fuerza mayor o imposibles de prever al momento de la calificación del proyecto, el subsidio otorgado sea insuficiente para su correcta ejecución, o bien, cuando se requiera de mayores recursos para la recontratación de obras luego de un término anticipado del contrato original;

  2. La resolución exenta N° 8.315 (V. y U.), de fecha 23 de diciembre de 2016, que autoriza efectuar llamados a postulación y/o comprometer recursos durante el año 2017 en el otorgamiento de subsidios habitacionales y señala el monto de los recursos destinados, entre otros, a la atención a través del programa regulado por el DS N°49 (V. y U.), de 2011, y sus modificaciones;

  3. El oficio N° 290, de fecha 8 de febrero de 2017, del Director del Serviu de la Región de Los Ríos, mediante el cual solicita asignación directa de subsidios habitacionales del Programa Fondo Solidario de Elección de Vivienda para 2 personas que se encuentran en situación de urgente necesidad habitacional.

  4. Los correos electrónicos de fechas 30 de marzo y 5 de abril, ambos de 2017, del Serviu de la Región de Los Ríos, donde se entrega información complementaria a la solicitud señalada en el Visto b) precedente, y

    Considerando:

  5. Que, las viviendas de don Óscar Armando Gutiérrez, cédula de identidad N° 3.973.758-2, y doña Katia del Carmen Varas Veloz, cédula de identidad N°8.041.744-6, se encuentran inhabitables, por tanto se encuentran en situación de urgente necesidad habitacional;

  6. Que las personas identificadas en el Considerando...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR