Resolución núm. 625 EXENTA, publicada el 02 de Julio de 2016. MODIFICA RESOLUCIÓN Nº 352 EXENTA, DE 2016, QUE AUTORIZA LA COMERCIALIZACIÓN DE PRODUCTOS DE TABACO QUE INDICA - MINISTERIO DE SALUD - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 644371569

Resolución núm. 625 EXENTA, publicada el 02 de Julio de 2016. MODIFICA RESOLUCIÓN Nº 352 EXENTA, DE 2016, QUE AUTORIZA LA COMERCIALIZACIÓN DE PRODUCTOS DE TABACO QUE INDICA

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE SALUD
Rango de LeyResolución

MODIFICA RESOLUCIÓN Nº 352 EXENTA, DE 2016, QUE AUTORIZA LA COMERCIALIZACIÓN DE PRODUCTOS DE TABACO QUE INDICA

Núm. 625 exenta.- Santiago, 17 de junio de 2016.

Visto:

Lo solicitado en el memorándum B3/Nº 505, de 4 de mayo de 2016, del Jefe de División de Políticas Públicas Saludables y Promoción; en el DFL Nº 1, de 2005, del Ministerio de Salud, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del decreto ley Nº 2.763, de 1979, y de las leyes Nº 18.933 y Nº 18.469; en el decreto Nº 136, de 2004, Reglamento Orgánico del Ministerio de Salud; en el artículo 9° del DFL Nº 1/19.653, de 2000, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley Nº 18.575; lo dispuesto en resolución exenta Nº 352, de 2016, del Ministerio de Salud, que autoriza la comercialización de productos de tabaco que indica; lo establecido en la resolución Nº 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República, y

Considerando:

  1. Que la resolución exenta Nº 352, de 2016, del Ministerio de Salud, autorizó la comercialización de productos de tabaco, dentro de los cuales se encuentra la marca Pall Mall.

  2. Que en memorándum B3/Nº 505, de 4 de mayo de 2016, del Jefe de División de Políticas Públicas Saludables y Promoción, se ha hecho notar que la resolución señalada en el punto anterior contiene errores en el gramaje de uno de los formatos autorizados y, por otra parte, en la razón social de la empresa solicitante.

  3. Que uno de los formatos autorizados para la comercialización de la marca señalada en el considerando primero, fue la bolsa de tabaco picado de 38 gramos.

  4. Que el gramaje correcto del formato importado y autorizado es 32 gramos y no 38, como se indicó en la resolución exenta Nº 352, de 2016, del Ministerio de Salud.

  5. Que, además, la razón social de la empresa solicitante es British American Tobacco Chile Operaciones S.A. y no la indicada en la resolución indicada en el considerando anterior, la cual señalaba el antiguo nombre de la empresa en cuestión.

  6. Que en razón de lo anterior y por las facultades que me otorga la ley, dicto la siguiente

    Resolución:

  7. - Modifícase la...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR