Resolución núm. 616 EXENTA, publicada el 06 de Septiembre de 2018. ESTABLECE MEDIOS PARA LA VERIFICACIÓN DEL CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS PARA EL ACCESO A LAS GARANTÍAS ESTABLECIDAS EN LOS LITERALES B) Y C) DEL INCISO PRIMERO, DEL ARTÍCULO 12 DE LA LEY N° 20.379 - MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 737990261

Resolución núm. 616 EXENTA, publicada el 06 de Septiembre de 2018. ESTABLECE MEDIOS PARA LA VERIFICACIÓN DEL CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS PARA EL ACCESO A LAS GARANTÍAS ESTABLECIDAS EN LOS LITERALES B) Y C) DEL INCISO PRIMERO, DEL ARTÍCULO 12 DE LA LEY N° 20.379

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL
Rango de LeyResolución

ESTABLECE MEDIOS PARA LA VERIFICACIÓN DEL CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS PARA EL ACCESO A LAS GARANTÍAS ESTABLECIDAS EN LOS LITERALES B) Y C) DEL INCISO PRIMERO, DEL ARTÍCULO 12 DE LA LEY N° 20.379

Santiago, 31 de agosto de 2018.- Hoy se resolvió lo que sigue:

Núm. 616 exenta.

Visto:

Lo dispuesto en el decreto con fuerza de ley N° 1, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que Fija Texto Refundido, Coordinado y Sistematizado de la Ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado en el artículo 6 de la ley N° 19.449; en la Ley N° 20.530, que Crea el Ministerio de Desarrollo Social y Modifica Cuerpos Legales que Indica; en la Ley N° 19.880, que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; en la ley N° 21.090; en la ley N° 20.379, que Crea el Sistema Intersectorial de Protección Social e Institucionaliza el Subsistema de Protección Integral a la Infancia "Chile Crece Contigo"; en el decreto supremo N° 160, 2007, del entonces Ministerio de Planificación que reglamenta el Registro de Información Social; en el decreto N° 15, de 2012, del Ministerio de Desarrollo Social, Subsecretaría de Evaluación Social, que Aprueba Reglamento del artículo 4° de la Ley N° 20.530, que Crea el Ministerio de Desarrollo Social; en el decreto N° 14, de 2017, del Ministerio de Desarrollo Social, que Aprueba Reglamento del Subsistema de Protección Integral a la Infancia "Chile Crece Contigo" de la ley N° 20.379; en el decreto N° 22, de 2015, del Ministerio de Desarrollo Social, que Aprueba Reglamento del artículo 5° de la ley N° 20.379 y del artículo 3° Letra F) de la ley N° 20.530; en el memorándum N° 3744/2018, de 15 de mayo de 2018, del Jefe de División de Promoción y Protección Social de la Subsecretaría de Servicios Sociales, y en la resolución N° 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República, que Fija Normas sobre Exención del Trámite de Toma de Razón, y

Considerando:

  1. Que, la ley N° 20.379, en adelante la "Ley", creó el Sistema Intersectorial de Protección Social e institucionalizó el Subsistema de Protección Integral a la Infancia "Chile Crece Contigo", en lo sucesivo "Chile Crece Contigo";

  2. Que, de acuerdo con lo establecido en el artículo 9° de la Ley, "Chile Crece Contigo'' tiene por objetivo acompañar el proceso de desarrollo de los niños y niñas que se atiendan en el sistema público de salud, desde su...

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