Resolución núm. 6152 EXENTA, publicada el 30 de Diciembre de 2014. FIJA TURNOS DE FARMACIA PARA LA COMUNA DE PEDRO AGUIRRE CERDA PARA EL PERÍODO COMPRENDIDO ENTRE EL 1 DE ENERO DE 2015 Y EL 30 DE JUNIO DE 2015, SEGÚN CALENDARIZACIÓN - MINISTERIO DE SALUD - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 550756186

Resolución núm. 6152 EXENTA, publicada el 30 de Diciembre de 2014. FIJA TURNOS DE FARMACIA PARA LA COMUNA DE PEDRO AGUIRRE CERDA PARA EL PERÍODO COMPRENDIDO ENTRE EL 1 DE ENERO DE 2015 Y EL 30 DE JUNIO DE 2015, SEGÚN CALENDARIZACIÓN

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE SALUD
Rango de LeyResolución

FIJA TURNOS DE FARMACIA PARA LA COMUNA DE PEDRO AGUIRRE CERDA PARA EL PERÍODO COMPRENDIDO ENTRE EL 1 DE ENERO DE 2015 Y EL 30 DE JUNIO DE 2015, SEGÚN CALENDARIZACIÓN

Núm. 6.152 exenta.- Santiago, 18 de diciembre de 2014.- Vistos: Estos antecedentes: Lo informado por el Subdepartamento de Farmacia del Departamento de Agencia Nacional de Medicamentos del Instituto de Salud Pública de Chile, relacionado con los turnos de farmacias de la comuna de Pedro Aguirre Cerda y lo dispuesto en los artículos 5º del DFL Nº725/1968, Código Sanitario; DFL Nº1/2005 del Ministerio de Salud que Fija Texto Refundido, Coordinado y Sistematizado del decreto ley Nº2.763, de 1979 y de las leyes Nº18.933 y Nº18.469; artículo 129 de la ley 20.274/2014 que modifica el Código Sanitario en materia de regulación de farmacias y medicamentos; DS Nº466/84 del Ministerio de Salud, que aprobó el Reglamento de Farmacias, Droguerías, Almacenes Farmacéuticos, Botiquines y Depósitos Autorizados, y las facultades conferidas por el DS Nº51, de 1 de abril de 2014, del Ministerio de Salud y la resolución Núm. 1.600, de la Contraloría General de la República y,

Considerando: Que, en conformidad a lo dispuesto en el artículo 129 del Código Sanitario, modificado por la ley Nº20.724/2014, corresponde al Instituto de Salud Pública de Chile, establecer los horarios y turnos que deban cumplir las farmacias para asegurar una adecuada disponibilidad de medicamentos en días inhábiles y feriados legales y en horario nocturno a la población y,

Teniendo presente, las facultades del cargo que estoy investido, dicto la siguiente:

Resolución

  1. Establécense los turnos de farmacia para la comuna de Pedro Aguirre Cerda, para el período comprendido entre el 1 de enero de 2015 y el 30 de junio de 2015, en los cuales se dispondrá la siguiente calendarización:

  2. Fíjanse horarios de inicio a las 9:00 horas y terminan a las 21:00 horas del día indicado.

  3. Déjase establecido que: 1º.- Las farmacias deberán indicar su turno mediante un cartel que se colocará en un lugar exterior del establecimiento, fácilmente visible del público. Si no les correspondiere turno, deberán señalar en igual forma, el nombre y ubicación de las farmacias más inmediatas a las que les corresponda turno.

    1. - Ninguna farmacia podrá eximirse de los turnos fijados por el Instituto de Salud...

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