Resolución núm. 611 EXENTA, publicada el 31 de Marzo de 2015. ESTABLECE REQUISITOS FITOSANITARIOS PARA LA IMPORTACIÓN DE PLANTAS DE QUERCUS ILEX INOCULADAS CON TUBER MELANOSPORUM, PROCEDENTES DE LOS ESTADOS MIEMBROS DE LA COMUNIDAD EUROPEA - MINISTERIO DE AGRICULTURA - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 563000806

Resolución núm. 611 EXENTA, publicada el 31 de Marzo de 2015. ESTABLECE REQUISITOS FITOSANITARIOS PARA LA IMPORTACIÓN DE PLANTAS DE QUERCUS ILEX INOCULADAS CON TUBER MELANOSPORUM, PROCEDENTES DE LOS ESTADOS MIEMBROS DE LA COMUNIDAD EUROPEA

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE AGRICULTURA
Rango de LeyResolución

ESTABLECE REQUISITOS FITOSANITARIOS PARA LA IMPORTACIÓN DE PLANTAS DE QUERCUS ILEX INOCULADAS CON TUBER MELANOSPORUM, PROCEDENTES DE LOS ESTADOS MIEMBROS DE LA COMUNIDAD EUROPEA

Núm. 611 exenta.- Santiago, 28 de enero de 2015.- Vistos: Lo dispuesto en la Ley Nº 18.755, Orgánica del Servicio Agrícola y Ganadero; el decreto ley Nº 3.557 de 1980 del Ministerio de Agricultura sobre Protección Agrícola; el decreto Nº156 de 1998 del Ministerio de Agricultura que habilita puertos para la importación de vegetales, animales, productos y subproductos e insumos agrícolas y pecuarios, al territorio nacional; las resoluciones Nº558 de 1999; Nº3.080 de 2003; Nº3.815 de 2003; Nº2.878 de 2004; Nº140 de 2007; 6.383 de 2013, 7.315 de 2013; 7.316 de 2013; 7.317 de 2013, todas del Servicio Agrícola y Ganadero

Considerando:

  1. Que, el Servicio Agrícola y Ganadero está facultado para establecer los requisitos fitosanitarios para la importación al país de artículos reglamentados, a fin de prevenir la introducción y dispersión de plagas reglamentadas.

  2. Que, el Servicio Agrícola y Ganadero ha recibido solicitud de un interesado en importar a Chile plantas de Quercus Ilex inoculadas con Tuber melanosporum, para su propagación, procedentes de los Estados Miembros de la Comunidad Europea, artículo reglamentado sin requisitos fitosanitarios para su importación desde este origen, los cuales se requieren que se encuentren preestablecidos por este Servicio, para efectos de verificar su cumplimiento y autorizar el ingreso al país.

  3. Que, se ha realizado el Análisis de Riesgo de Plagas para plantas de Quercus Ilex inoculadas con el hongo micorrícico, Tuber melanosporum, procedentes de los Estados Miembros de la Comunidad Europea, lo que ha permitido establecer los requisitos fitosanitarios de importación.

    Resuelvo:

  4. Establézcanse los siguientes requisitos fitosanitarios de importación para plantas de Quercus Ilex inoculadas con el hongo micorrícico, Tuber melanosporum, procedentes de los Estados Miembros de la Comunidad Europea:

  5. El envío deberá venir amparado por un Certificado Fitosanitario emitido por la autoridad fitosanitaria del Estado Miembro de la Comunidad Europea correspondiente, en el que consten las siguientes declaraciones adicionales:

    2.1. El material procede de un programa de producción bajo certificación oficial o de Viveros o Centros Repositorios de germoplasma, que se encuentren bajo el control del organismo fitosanitario oficial del país exportador.

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