Resolución núm. 6, publicada el 23 de Junio de 2020. DETERMINA FORMA DE EJECUCIÓN DE ASIGNACIÓN 146 'FOMENTO Y DESARROLLO DE LAS ARTES DE LA VISUALIDAD' EN RELACIÓN AL MECANISMO DE ASIGNACIÓN DE RECURSOS QUE SE INDICA - MINISTERIO DE LAS CULTURAS, LAS ARTES Y EL PATRIMONIO - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 845536566

Resolución núm. 6, publicada el 23 de Junio de 2020. DETERMINA FORMA DE EJECUCIÓN DE ASIGNACIÓN 146 'FOMENTO Y DESARROLLO DE LAS ARTES DE LA VISUALIDAD' EN RELACIÓN AL MECANISMO DE ASIGNACIÓN DE RECURSOS QUE SE INDICA

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE LAS CULTURAS, LAS ARTES Y EL PATRIMONIO
Rango de LeyResolución

DETERMINA FORMA DE EJECUCIÓN DE ASIGNACIÓN 146 "FOMENTO Y DESARROLLO DE LAS ARTES DE LA VISUALIDAD" EN RELACIÓN AL MECANISMO DE ASIGNACIÓN DE RECURSOS QUE SE INDICA

Núm. 6.- Santiago, 6 de febrero de 2020.

Visto:

Lo dispuesto en la Ley Nº 21.045, que crea el Ministerio de las Culturas, las Artes y el Patrimonio; en la Ley Nº 19.880, que establece las Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; en la Ley Nº 21.192, de Presupuestos del Sector Público para el año 2020; y en la resolución Nº 7, de 2019, de la Contraloría General de la República,

Considerando:

Que la ley Nº 21.045, creó el Ministerio de las Culturas, las Artes y el Patrimonio, estableciendo que será la Secretaría de Estado encargada de colaborar con el Presidente de la República en el diseño, formulación e implementación de políticas, planes y programas para contribuir al desarrollo cultural y patrimonial armónico y equitativo del país en toda su diversidad, reconociendo y valorando las culturas de los pueblos indígenas, la diversidad geográfica y las realidades e identidades regionales y locales, conforme a los principios contemplados en la ley. Asimismo, y actuando como órgano rector, velará por la coordinación, consistencia y coherencia de las políticas, planes y programas en materia cultural y patrimonial, y propenderá a su incorporación en forma transversal en la actuación del Estado.

Que la referida ley en su artículo 3 numeral 1 establece que corresponderá especialmente al Ministerio, entre otras, la función de promover y contribuir al desarrollo de la creación artística y cultural, fomentando la creación, producción, mediación, circulación, distribución y difusión de las artes visuales, fotografía, nuevos medios, danza, circo, teatro, diseño, arquitectura, música, literatura, audiovisual y otras manifestaciones de las artes; como asimismo, promover el respeto y desarrollo de las artes y culturas populares.

Que para el cumplimiento de los objetivos previamente señalados, la Ley Nº 21.192, de Presupuestos del Sector Público para el año 2020, contempla en la Glosa Nº 20, asignación 146, ítem 03, subtítulo 24 del Programa 01, Capítulo 01, Partida 29 del Ministerio de las Culturas, las Artes y el Patrimonio, recursos para el "Fomento y Desarrollo de Artes de la Visualidad", programa destinado a financiar iniciativas que promuevan, difundan y den visibilidad a la formación, creación y difusión de las artes de la visualidad a nivel nacional e internacional.

Que en virtud de la glosa ya individualizada, mediante resolución, visada por la Dirección de Presupuestos, se determinará la forma de ejecución de esta asignación.

Que mediante la presente resolución se determinará la forma de ejecución de la asignación referida, por tanto

Resuelvo:

Artículo primero

La asignación presupuestaria correspondiente a la asignación "Fomento y Desarrollo de Artes de la Visualidad", se ejecutará conforme a lo dispuesto en la Glosa N° 20 asignación 146, ítem 03, subtítulo 24 del Programa 01, Capítulo 01, Partida 29 del Ministerio de las Culturas, las Artes y el Patrimonio, establecido en la Ley Nº 21.192 de Presupuestos del Sector Público para el año 2020 y a la presente resolución.

Artículo segundo

Con los recursos correspondientes a la Glosa Nº 20, asignación 146, ítem 03, subtítulo 24 del Programa 01, Capítulo 01, Partida 29 del Ministerio de las Culturas, las Artes y el Patrimonio, se podrán comprar y contratar bienes y servicios que permitan el funcionamiento y desarrollo de las actividades de los componentes de este Programa mencionados en el artículo tercero.

Artículo tercero

La asignación señalada en el artículo primero de esta resolución comprende el financiamiento de los gastos establecidos en la glosa respectiva y, en términos generales, comprende los siguientes componentes, actividades y gastos asociados:

  1. Formación especializada en las Artes de la Visualidad, para ello se podrán desarrollar acciones de formación formal y no formal para agentes profesionales y en vías de formación para el sector de las artes visuales, realizando coloquios, seminarios, talleres formativos, laboratorios, mentorías, entre otras actividades afines tanto nacionales como internacionales.

    Para estos efectos, a través de este componente se podrán realizar las siguientes actividades y gastos:

    . Contratación de servicios logísticos y de producción integral para la realización de encuentros, talleres, seminarios, coloquios, congresos, ceremonias, festivales, exposiciones, muestras, itinerancias, ferias, y otras reuniones que cuenten con la participación de terceros que promuevan, capaciten y fortalezcan la formación de creadores, mediadores, agentes culturales, circulación, asociatividad y redes de intercambio.

    . Contratación de artistas y/o agentes culturales y de las artes de la visualidad, expertos, especialistas, nacionales o extranjeros, necesarios para la realización de encuentros, seminarios, charlas, coloquios, muestras, residencias, exposiciones, festivales, itinerancias, talleres, laboratorios, ferias, y otros tipos de reuniones en temáticas propias del programa.

    . Contratación de científicos y/o agentes del ámbito de las ciencias y otras disciplinas, expertos, especialistas, nacionales o extranjeros, necesarios para la realización de encuentros, seminarios, charlas, coloquios, talleres, laboratorios y otros tipos de reuniones en temáticas propias del Programa.

    . Financiamiento de pasajes y servicios de producción integral que posibiliten la participación de artistas, agentes y organizaciones culturales con personalidad jurídica de las artes de la visualidad y/o de índole cultural en instancias internacionales como reuniones, mesas de trabajo, seminarios, coloquios, congresos, jornadas, talleres, residencias, laboratorios, ferias, mercados y festivales en el ámbito de materias que aborda el programa.

    . Arriendo de infraestructura para la realización de encuentros, talleres, congresos, seminarios, coloquios, ceremonias, festivales, ferias, exposiciones, muestras y otras reuniones que cuenten con la participación de terceros que promuevan, capaciten y fortalezcan la formación de creadores, mediadores, agentes, circulación, asociatividad y redes de intercambio de las artes de la visualidad, entre otras actividades afines. Incluye el arriendo de salones, salas, espacios, centros culturales, museos, galerías, oficinas, entre otros.

    . Gastos en honorarios que permitan la implementación y desarrollo de las actividades de este componente.

    . Desarrollo y llamado a convocatorias públicas a nivel nacional e internacional, para el financiamiento de proyectos, encuentros, seminarios, charlas, coloquios, muestras, residencias, talleres, laboratorios y otros tipos de reuniones en temáticas propias del Programa.

    . Celebrar contratos, convenios y acuerdos de colaboración, y cooperación con personas naturales o jurídicas de derecho público o privado, tanto nacionales como de otros países o con organismos internacionales.

  2. Creación y Producción en artes de la visualidad, para ello se realizarán proyectos de creación y producción del ámbito contemporáneo con vinculación a las prácticas culturales como residencias artísticas o laboratorios de creación, entre otras actividades afines, tanto nacional como internacional.

    Para estos efectos, a través de este componente se podrán realizar las siguientes actividades y gastos:

    . Contratación de servicios logísticos y de producción integral para la realización de encuentros, talleres, seminarios, coloquios, congresos, ceremonias, festivales, exposiciones, muestras...

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