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Resolución núm. 6 EXENTA, publicada el 27 de Enero de 2017. PROHÍBE CIRCULACIÓN DE VEHÍCULOS MOTORIZADOS EN VÍA Y TRAMOS QUE INDICA

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES
Rango de LeyResolución

PROHÍBE CIRCULACIÓN DE VEHÍCULOS MOTORIZADOS EN VÍA Y TRAMOS QUE INDICA

Núm. 6 exenta.- Copiapó, 4 de enero de 2017.

Visto:

Lo dispuesto en la ley Nº 18.059; los artículos 107 y 113 del DFL Nº 1, de 2007, de los Ministerios de Transportes y Telecomunicaciones y Justicia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley de Tránsito; las resoluciones Nº 39, de 1992 y Nº 59, de 1985, ambas del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones; las solicitudes de fecha 26 de diciembre de 2016 del Sr. Maciej Sciazko; la resolución Nº 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República, y la demás normativa vigente que resulte aplicable.

Considerando:

  1. Que, mediante solicitudes de fecha 26 de diciembre de 2016, el Sr. Maciej Sciasko, solicitó a esta Secretaría Regional Ministerial en el contexto de la ejecución de la obra "Perforación Pozo PMR-8", "Perforación Pozo PMR-9" y "Perforación Pozo PMR-11", la prohibición de circulación de todo tipo de vehículos motorizados en diferentes tramos de la Ruta C-453.

  2. Que, esta Secretaría Regional, en el marco de sus facultades legales, debe disponer las medidas de gestión de tránsito necesarias para disminuir el impacto en el tránsito vehicular.

  3. Que, el DFL Nº 1, de 2007, citado en vistos señala en sus artículos Nº 107 y Nº 113, inciso primero, respectivamente, que:

    "Los conductores tienen derecho a transitar en sus vehículos por las vías públicas, salvo las excepciones que establece esta ley y las medidas que, en contrario y en casos especiales, adopte la autoridad competente.".

    "El Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones podrá prohibir, por causa justificada, la circulación de todo vehículo o de tipos específicos de éstos, por determinadas vías públicas. Esta facultad será ejercitada de oficio o a petición de las Municipalidades o de la Dirección de Vialidad, según corresponda.".

  4. Que, en consecuencia, existe una causa justificada en los términos del artículo 113, del DFL Nº 1, de 2007, de los Ministerios de Transportes y Telecomunicaciones y Justicia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley de Tránsito para disponer las medidas que se establecen en la parte resolutiva del presente acto administrativo.

    Resuelvo:

  5. Prohíbase la circulación de todo tipo de vehículos motorizados en media calzada este, en la ruta C-453, en el tramo y fechas que se señalan a continuación:

    . Ruta...

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