Resolución núm. 6 EXENTA, publicada el 03 de Junio de 2016. APRUEBA MODIFICACIÓN A LOS CRITERIOS DE EVALUACIÓN PARA LA ACREDITACIÓN DE CARRERAS PROFESIONALES, CARRERAS PROFESIONALES CON LICENCIATURA Y PROGRAMAS DE LICENCIATURA - COMISIÓN NACIONAL DE ACREDITACIÓN - COMISIÓN NACIONAL - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 641580153

Resolución núm. 6 EXENTA, publicada el 03 de Junio de 2016. APRUEBA MODIFICACIÓN A LOS CRITERIOS DE EVALUACIÓN PARA LA ACREDITACIÓN DE CARRERAS PROFESIONALES, CARRERAS PROFESIONALES CON LICENCIATURA Y PROGRAMAS DE LICENCIATURA

Publicado enDiario Oficial
EmisorCOMISIÓN NACIONAL DE ACREDITACIÓN
Rango de LeyResolución

APRUEBA MODIFICACIÓN A LOS CRITERIOS DE EVALUACIÓN PARA LA ACREDITACIÓN DE CARRERAS PROFESIONALES, CARRERAS PROFESIONALES CON LICENCIATURA Y PROGRAMAS DE LICENCIATURA

Núm. DJ 6-4 exenta.- Santiago, 24 de mayo de 2016.

Vistos:

Lo dispuesto en la Ley Nº 20.129/2006, que Establece un Sistema Nacional de Aseguramiento de la Calidad de la Educación Superior; la ley Nº 20.903/2016, que crea el Sistema de Desarrollo Profesional Docente y modifica otras Normas; el Acta de Sesión Ordinaria Nº 895, de 22 de julio de 2015; la resolución exenta DJ Nº 9-4, de 3 de agosto de 2015, que aprueba Criterios de Evaluación para la Acreditación de Carreras Profesionales, Carreras Profesionales con Licenciatura y Programas de Licenciatura, publicado en el Diario Oficial el 14 de agosto de 2015; el Acta de Sesión Extraordinaria Nº 963, de 6 de abril de 2016; y la resolución Nº 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República.

Considerando:

Que, la Comisión por medio del Acuerdo Interno Nº 366, adoptado en la Sesión Ordinaria Nº 895, de 22 de julio de 2015, aprobó los Criterios de Evaluación para la Acreditación de Carreras Profesionales, Carreras Profesionales con Licenciatura y Programas de Licenciatura.

Que, por medio de la resolución exenta DJ Nº 9-4, de 3 de agosto de 2015, se llevó a efecto el acuerdo señalado precedentemente, aprobando los referidos Criterios, los cuales, conforme a su artículo segundo, entran a regir una vez transcurrido doce meses contados desde la publicación de dicho acto administrativo en el Diario Oficial, fecha a partir de la cual se entenderían derogados los Criterios Generales de Evaluación para Carreras Profesionales y los Criterios Generales de Evaluación para Licenciaturas.

Que, el señalado acto administrativo fue publicado en el Diario Oficial con fecha 14 de agosto de 2015, motivo por el cual los nuevos Criterios de Evaluación en la materia, comienzan a regir a partir del 14 de agosto de 2016.

Que, con fecha 1 de abril de 2016, entró en vigencia la Ley Nº 20.903, que crea el Sistema de Desarrollo Profesional Docente y modifica otras Normas, entre ellas la ley Nº 20.129.

Que, en ese sentido, el artículo 27 quáter de la ley Nº 20.129, establece que la acreditación de las carreras de pedagogía sólo podrá ser otorgada por la Comisión Nacional de Acreditación.

Que, en ese contexto, la Comisión por medio del Acuerdo Interno Nº418...

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