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Resolución núm. 5981 EXENTA, publicada el 25 de Octubre de 2016. MODIFICA COMPENDIO DE NORMAS ADUANERAS

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE HACIENDA
Rango de LeyResolución

MODIFICA COMPENDIO DE NORMAS ADUANERAS

Núm. 5.981 exenta.- Valparaíso, 3 de octubre de 2016.

Vistos y considerando:

La resolución Nº 1.300, de 14.03.2006, de esta Dirección Nacional, que sustituyó el Compendio de Normas Aduaneras.

El Apéndice VI, del Capítulo III, del Compendio de Normas Aduaneras, relativo al procedimiento de control para la importación e ingreso de gas natural.

Que en el texto de dicho Apéndice VI, se han constatado algunos errores en la cita de las normas del Manual de Pagos, aplicables en caso de devolución de derechos aduaneros causada por haberse recibido una menor cantidad de mercancía que la declarada en la respectiva destinación aduanera de importación.

Que, por lo tanto, se hace necesario efectuar la debida corrección en el texto del manual referido.

Teniendo presente:

Estos antecedentes y lo dispuesto en los números 7 y 8 del artículo 4º del DFL Nº 329/79 del Ministerio de Hacienda, y la resolución Nº 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República, sobre exención del trámite de toma de razón, dicto la siguiente:

Resolución:

  1. Modifícase el Apéndice VI del Capítulo III del Compendio de Normas Aduaneras, de la forma siguiente:

    1. Sustitúyase en el Apartado A, el párrafo quinto del numeral 5.3, por el que sigue:

      Si, por el contrario, las diferencias producidas fueran en defecto, opcionalmente podrá utilizarse la DIN ya tramitada, por el correspondiente saldo, siempre que se encuentre dentro del plazo de 60 días a que se refiere el artículo 80 de la Ordenanza de Aduanas o bien, solicitarse la devolución de las sumas pagadas en exceso conforme a lo establecido en el Capítulo IV numeral 2.5 del Manual de Pagos.

    2. Sustitúyase en el Apartado B, el numeral 7.4, por el que sigue:

      Si al cierre de la operación se determina que se pagaron...

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