Resolución núm. 595 EXENTA, publicada el 27 de Mayo de 2020. DELEGA FACULTAD PARA OBRAR COMO MINISTRO/A DE FE PARA EFECTOS DE CERTIFICACIÓN DE FIRMA ELECTRÓNICA AVANZADA - MINISTERIO DE LAS CULTURAS, LAS ARTES Y EL PATRIMONIO - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 844800303

Resolución núm. 595 EXENTA, publicada el 27 de Mayo de 2020. DELEGA FACULTAD PARA OBRAR COMO MINISTRO/A DE FE PARA EFECTOS DE CERTIFICACIÓN DE FIRMA ELECTRÓNICA AVANZADA

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE LAS CULTURAS, LAS ARTES Y EL PATRIMONIO
Rango de LeyResolución

DELEGA FACULTAD PARA OBRAR COMO MINISTRO/A DE FE PARA EFECTOS DE CERTIFICACIÓN DE FIRMA ELECTRÓNICA AVANZADA

Núm. 595 exenta.- Valparaíso, 22 de mayo de 2020.

Visto:

Lo dispuesto en la ley N° 21.045 que crea el Ministerio de las Culturas, las Artes y el Patrimonio; en la ley N° 19.880, que establece las Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; en el decreto con fuerza de ley N° 1/19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; en la ley N° 19.799, sobre documentos electrónicos, firma electrónica y servicios de certificación de dicha firma, y su reglamento, aprobado por decreto supremo N° 181, de 2002, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción; en la resolución exenta N° 2.011, de 2017, del ex Consejo Nacional de la Cultura y las Artes; y en las resoluciones N° 7 y N° 8, ambas de 2019, de la Contraloría General de la República.

Considerando:

Que la Subsecretaría de las Culturas y las Artes, en adelante la "Subsecretaría", del Ministerio de las Culturas, las Artes y el Patrimonio, en adelante el "Ministerio", según lo previsto en el artículo 39 de la ley N° 21.045, es la sucesora y continuadora legal del Consejo Nacional de la Cultura y las Artes, en adelante el "Consejo". A su vez, por lo prescrito en el artículo 7° de dicha ley, tiene a su cargo la administración y servicio interno del Ministerio.

Que por su parte, mediante Instructivo Presidencial N° 5, de 2001, que imparte instrucciones para el desarrollo del Gobierno Electrónico, se encomendó al Ministerio Secretaría General de la Presidencia –en adelante "Minsegpres"– la coordinación y seguimiento del cumplimiento de las instrucciones contenidas en dicho instructivo y de todas aquellas que se establezcan en el futuro en relación al desarrollo del Gobierno Electrónico.

Que en este contexto, el Consejo y Minsegpres suscribieron con fecha 17 de julio de 2017, convenio de firma electrónica avanzada para autoridades y funcionarios, con el objeto de "poner a disposición del Consejo la plataforma implementada por Minsegpres para la emisión de certificados de firmas electrónicas avanzadas de las autoridades o funcionarios del referido Consejo o de sus servicios públicos dependientes o relacionados, las...

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