Resolución núm. 583 EXENTA, publicada el 11 de Mayo de 2021. MODIFICA RESOLUCIÓN Nº 6.042 EXENTA (V. Y U.), DE 2017, QUE DELEGA FACULTADES QUE INDICA EN LOS SECRETARIOS REGIONALES MINISTERIALES DE VIVIENDA Y URBANISMO - MINISTERIO DE VIVIENDA Y URBANISMO - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 866677057

Resolución núm. 583 EXENTA, publicada el 11 de Mayo de 2021. MODIFICA RESOLUCIÓN Nº 6.042 EXENTA (V. Y U.), DE 2017, QUE DELEGA FACULTADES QUE INDICA EN LOS SECRETARIOS REGIONALES MINISTERIALES DE VIVIENDA Y URBANISMO

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE VIVIENDA Y URBANISMO
Rango de LeyResolución

MODIFICA RESOLUCIÓN Nº 6.042 EXENTA (V. Y U.), DE 2017, QUE DELEGA FACULTADES QUE INDICA EN LOS SECRETARIOS REGIONALES MINISTERIALES DE VIVIENDA Y URBANISMO

Santiago, 6 de mayo de 2021.- Hoy se resolvió lo que sigue:

Núm. 583 exenta.

Visto:

Lo dispuesto en la ley Nº 16.391, que crea el Ministerio de Vivienda y Urbanismo; el DL Nº 1.305, de 1975, que reestructura y regionaliza el Ministerio de Vivienda y Urbanismo; el decreto con fuerza de ley Nº 1/19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el Texto Refundido, Coordinado y Sistematizado de la Ley Nº18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; la Ley Nº 19.880, que establece las Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; DS Nº 174, de 2005; el DS Nº 255, de 2006; el DS Nº 1, de 2011; el DS Nº 49, de 2011; el DS Nº 52, de 2013; el DS Nº 10, de 2015 y el DS Nº27 de 2016, todos del Ministerio de Vivienda y Urbanismo; la resolución exenta Nº 6.042 (V. y U.), de 2017 y sus modificaciones; la resolución Nº 7, de 2019, de la Contraloría General de la República, y

Considerando:

  1. Que mediante resolución exenta Nº 6.042 (V. y U.), de 2017, y sus modificaciones, se delegaron en los Secretarios Regionales Ministeriales de Vivienda y Urbanismo diversas facultades asociadas a los Programas Habitacionales actualmente en ejecución.

  2. Que producto de la aplicación práctica de la resolución exenta Nº 6.042, de 2017, se ha detectado que es posible introducir mejoras a las delegaciones a que se refiere, a fin de hacer más expedita y eficiente su tramitación, dicto la siguiente:

    Resolución:

  3. Modifícase la resolución exenta Nº 6.042 (V. y U.), de 2017, en siguiente sentido:

    1.1 Reemplázase la letra f) del resuelvo 1 por la siguiente:

    "f) Para rectificar errores de digitación en la resolución de selección de un llamado nacional ordinario o extraordinario. Dentro de los errores que se pueden corregir está el rectificar nombres y números de cédula de identidad de beneficiarios, códigos de grupo y comuna. También se podrán rectificar los montos de subsidios otorgados, en los casos en que al postular se haya solicitado un monto determinado, no obstante en el expediente del proyecto presentado a Serviu se hubiera considerado un monto distinto, debiendo primar el señalado en el expediente del proyecto por sobre el ingresado en el sistema respectivo. Si la rectificación del...

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