Resolución núm. 569, publicada el 27 de Noviembre de 2014. <NOTA: NOTA TIPO BCN 3 - 0>Resolución 3009 EXENTA Art. D.O. 27.11.2014</NOTA> - CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA - OTROS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 546127646

Resolución núm. 569, publicada el 27 de Noviembre de 2014. <NOTA: NOTA TIPO BCN 3 - 0>Resolución 3009 EXENTA Art. D.O. 27.11.2014</NOTA>

Publicado enDiario Oficial
EmisorCONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA
Rango de LeyResolución

SOMETE A TOMA DE RAZÓN DECRETOS Y RESOLUCIONES RELATIVOS A LA MATERIA DE PERSONAL QUE INDICA

Santiago, 21 de noviembre de 2014.- Con esta fecha se ha resuelto lo siguiente:

Núm. 569.- Considerando:

Que conforme a la Constitución Política de la República corresponde a la Contraloría General ejercer el control de legalidad de los actos de la Administración del Estado.

Que la ley Nº10.336, Orgánica Constitucional de esta Contraloría General, faculta al Contralor General para dictar disposiciones sobre exención de toma de razón.

Que, en virtud de dicha facultad, la resolución Nº1.600, de 2008, de este Órgano de Control, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón, establece los actos que se encuentran exentos del trámite de toma de razón, como aquellos que se encuentran afectos al mismo.

Que, por su parte, el artículo 10 A de la ley Nº10.336, introducido por la ley 20.766, dispone que la toma de razón podrá realizarse a través de técnicas, medios y procedimientos que consideren el empleo de documentos y firmas electrónicas.

Que el sistema de toma de razón electrónica, mediante la plataforma SIAPER TRA, tramitará los actos administrativos y ejecutará el control de legalidad de manera completamente automática, o bien, parte de aquellos actos serán analizados por funcionarios de Contraloría.

Que actualmente los nombramientos de personal, en calidad de titulares, ya sea mediante ingreso o promoción, así como los nombramientos correspondientes a Jefes de Departamento según el artículo 8º del Estatuto Administrativo, están sujetos al trámite de toma de razón.

Que dichos actos presentan una importante tasa de representación, debido a problemas o deficiencias de las bases de los respectivos concursos y su aplicación, motivo por el cual se estima conveniente someter a toma de razón la aprobación de las bases de tales concursos, de manera que el análisis y control de juridicidad de los nombramientos resultantes de dichos concursos se realice de manera más eficiente.

Vistos: Las facultades que me confiere la Constitución Política de la República; lo dispuesto en los artículos 10 y siguientes de la ley Nº10.336, de Organización y Atribuciones de esta Contraloría General; la ley Nº20.766, y lo establecido en las resoluciones Nº1.600, de 2008, que Fija Normas sobre Exención del Trámite de Toma de Razón, y Nº554, de 2014, que Somete...

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