Resolución núm. 56 EXENTA, publicada el 09 de Agosto de 2018. ENCOMENDACIÓN DE FUNCIONES DIRECTIVAS - MINISTERIO DE ECONOMÍA, FOMENTO Y TURISMO - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 736332041

Resolución núm. 56 EXENTA, publicada el 09 de Agosto de 2018. ENCOMENDACIÓN DE FUNCIONES DIRECTIVAS

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE ECONOMÍA, FOMENTO Y TURISMO
Rango de LeyResolución

ENCOMENDACIÓN DE FUNCIONES DIRECTIVAS

Núm. RA 119.247/56 exenta.- Región Metropolitana, 25 de junio de 2018.

Vistos y Considerando:

Vistos:

La ley N° 21.053 de Presupuestos del Sector Público para el año 2018; el Estatuto Administrativo, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado en el decreto con fuerza de ley N° 29, de 2004, del Ministerio de Hacienda; el decreto con fuerza de ley N° 1/18.834, de 1990, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, y lo dispuesto en la resolución N° 1.600, de 2008, y N° 10, de 2017, ambas de la Contraloría General de la República.

Considerandos:

  1. Que por resolución Administrativa exenta N° 1.274, de fecha 27 de abril de 2017, se creó la Unidad de Tecnologías de la Información y Comunicaciones cuyo objetivo es gestionar de manera unificada y eficiente en el uso de la tecnología información y comunicaciones, considerándolas como medios facilitadores de proceso regulares de trabajo, que permiten el rediseño creativo de la organización, haciendo un uso óptimo de los recursos de tecnología de la información y comunicación en el marco de objetivos organizacionales considerando las políticas y normativas e instructivos informáticos vigentes en nuestro ordenamiento.

  2. Que, de acuerdo a lo dispuesto en la ley N° 21.053, Ley de Presupuestos para el Sector Público 2018, específicamente en la Glosa 02 de la Partida 07, Capítulo 1, Programa 01, letra a), del Presupuesto del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo, el personal a contrata podrá desempeñar funciones de carácter directivo que se le asignen o deleguen mediante resolución fundada del Jefe de Servicio en la que deberá precisarse las referidas funciones, no pudiendo dicho personal exceder de 18 funcionarios.

  3. Que conforme lo establece el artículo 5° de la ley 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, las autoridades deben velar por el debido cumplimiento de la función pública.

Resuelvo:

Encomiéndese a:

Cristián Fernando Rodríguez Vásquez, RUN N° 10.352.548-9 quien se desempeña como Profesional grado 4° de la Escala Única de Remuneraciones de la planta de Profesionales en el Subsecretaría de Economía y...

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