Resolución núm. 5581 EXENTA, publicada el 13 de Agosto de 2019. ESTABLECE REQUISITOS DE INGRESO DE FRUTOS FRESCOS DE MANGO (MANGIFERA INDICA) DESDE VIETNAM - MINISTERIO DE AGRICULTURA - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 807909605

Resolución núm. 5581 EXENTA, publicada el 13 de Agosto de 2019. ESTABLECE REQUISITOS DE INGRESO DE FRUTOS FRESCOS DE MANGO (MANGIFERA INDICA) DESDE VIETNAM

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE AGRICULTURA
Rango de LeyResolución

ESTABLECE REQUISITOS DE INGRESO DE FRUTOS FRESCOS DE MANGO (MANGIFERA INDICA) DESDE VIETNAM

Núm. 5.581 exenta.- Santiago, 26 de julio de 2019.

Vistos:

Lo dispuesto en la Ley N° 18.755, Orgánica del Servicio Agrícola y Ganadero; Ley N° 19.880 que establece bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la administración del Estado; el decreto ley 3.557 de 1980, del Ministerio de Agricultura sobre Protección Agrícola; el decreto N° 510 de 2016, del Ministerio de Agricultura, que habilita puertos para la importación de mercancías sujetas a revisión del Servicio Agrícola y Ganadero (SAG); el decreto N° 112 de 2018 del Ministerio de Agricultura, que nombra al Director Nacional del SAG; la resolución N° 1.600 de 2008 de la Contraloría General de la República; las resoluciones N° 3.080 de 2003; N° 3.815 de 2003; N° 133 de 2005; N° 3.589 de 2012, todas del Servicio Agrícola y Ganadero. El acta de la Reunión Bilateral Chile/Vietnam del 29 de mayo de 2019.

Considerando:

  1. Que, el Servicio Agrícola y Ganadero, en adelante el Servicio, es la autoridad encargada de velar por el patrimonio fito y zoosanitario del país, y bajo este marco está facultada para adoptar las medidas tendientes a evitar la introducción al territorio nacional de plagas y enfermedades que puedan afectar la salud animal y vegetal, las que pueden provenir de mercancías importadas.

  2. Que, de acuerdo a lo previsto en la resolución N° 3.815, de 2003, de este Servicio, se ha realizado el Análisis de Riesgo de Plagas para plagas cuarentenarias de frutos frescos de Mango (Mangifera indica) procedentes de Vietnam, lo que ha permitido determinar los requisitos fitosanitarios correspondientes.

  3. Que, de acuerdo a la revisión de los antecedentes científicos, los frutos frescos de Mangos procedentes de Vietnam pueden ser portadores de las plagas cuarentenarias Bactrocera spp., Conogethes punctiferalis, Sternochetus frigidus y Phytophthora palmivora.

  4. Que, el Servicio Agrícola y Ganadero (SAG) verificó en terreno las condiciones de producción, empacado, almacenaje de los frutos de mango, lo que permitió confirmar que el manejo de riesgo ofrecido por PPD para las plagas de interés cuarentenario para Chile, son suficientes y recíprocos para las exigencias fitosanitarias de ambos países.

  5. Que, en la reunión bilateral sostenida el 29 de mayo de 2019, se ha acordado entre Plant Protection Departament Vietnam (PPD) y el Servicio Agrícola y Ganadero (SAG) los...

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