Resolución núm. 553 EXENTA, publicada el 31 de Julio de 2019. SUSPENDE CONSULTA INDÍGENA INICIADA POR RESOLUCIÓN Nº 241 EXENTA, DE 2019, DEL MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL, POR MOTIVOS QUE INDICA - MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL Y FAMILIA - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 800967521

Resolución núm. 553 EXENTA, publicada el 31 de Julio de 2019. SUSPENDE CONSULTA INDÍGENA INICIADA POR RESOLUCIÓN Nº 241 EXENTA, DE 2019, DEL MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL, POR MOTIVOS QUE INDICA

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL Y FAMILIA
Rango de LeyResolución

SUSPENDE CONSULTA INDÍGENA INICIADA POR RESOLUCIÓN Nº 241 EXENTA, DE 2019, DEL MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL, POR MOTIVOS QUE INDICA

Santiago, 24 de julio de 2019.- Hoy se resolvió lo que sigue:

Núm. 553 exenta.

Visto:

Lo dispuesto en el decreto con fuerza de ley Nº 1/19.653, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, de 2000, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; en la ley Nº 19.880, que establece bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los Órganos de la Administración del Estado; en la ley Nº 20.530, que Crea el Ministerio de Desarrollo Social y Familia y Modifica cuerpos legales que indica; en la ley Nº 19.253, que Establece Normas sobre Protección, Fomento y Desarrollo de los Indígenas, y Crea la Corporación Nacional de Desarrollo Indígena; en el artículo 6º Nº 1 letra a) y Nº 2 del Convenio Nº 169 de la Organización Internacional del Trabajo, promulgado a través del decreto supremo Nº 236, de 2008, del Ministerio de Relaciones Exteriores; en el decreto supremo Nº 66, del Ministerio de Desarrollo Social, que Aprueba el Reglamento que regula el procedimiento de consulta indígena en virtud del artículo 6 Nº 1 letra a) y Nº 2 del Convenio Nº 169 de la Organización Internacional del Trabajo y deroga normativa que indica; en la resolución exenta Nº 241 de fecha 3 de abril de 2019 del Ministerio de Desarrollo Social, que inicia procedimiento administrativo y convoca a proceso de consulta que indica; en la resolución Nº 7, de 2019, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón, y en las demás normas aplicables.

Considerando:

Que, el decreto supremo Nº 236, de 2008, del Ministerio de Relaciones Exteriores, Promulga el Convenio Nº 169 sobre Pueblos Indígenas y Tribales en países independientes, de la Organización Internacional del Trabajo.

Que, con fecha 4 de marzo de 2014, entró en vigencia el decreto supremo Nº 66, del Ministerio de Desarrollo Social, de 2013, que Aprueba el Reglamento que regula el procedimiento de consulta indígena en virtud del artículo 6 Nº 1 letra a) y Nº 2 del citado Convenio Nº 169, y deroga normativa que indica.

Que, con fecha 24 de septiembre de 2018, el Presidente de la República, don Sebastián Piñera Echenique acompañado del entonces Ministro de Desarrollo Social, don Alfredo Moreno Charme, anunció el Acuerdo...

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