Resolución núm. 549 EXENTA, publicada el 04 de Abril de 2020. RENUEVA REGLAS DE FUNCIONAMIENTO ESPECIAL DE OFICINA DE PARTES Y OFICINA DE TRANSPARENCIA Y PARTICIPACIÓN CIUDADANA DE LA SMA - MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 842651151

Resolución núm. 549 EXENTA, publicada el 04 de Abril de 2020. RENUEVA REGLAS DE FUNCIONAMIENTO ESPECIAL DE OFICINA DE PARTES Y OFICINA DE TRANSPARENCIA Y PARTICIPACIÓN CIUDADANA DE LA SMA

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE
Rango de LeyResolución

RENUEVA REGLAS DE FUNCIONAMIENTO ESPECIAL DE OFICINA DE PARTES Y OFICINA DE TRANSPARENCIA Y PARTICIPACIÓN CIUDADANA DE LA SMA

Núm. 549 exenta.- Santiago, 31 de marzo de 2020.

Vistos:

Lo dispuesto en la Ley Orgánica de la Superintendencia del Medio Ambiente (en adelante, LOSMA); la Ley N°19.880, que Establece las Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; la Ley N°18.575, de Bases Generales de la Administración del Estado; la Ley N°19.300, sobre Bases Generales del Medio Ambiente; el decreto con fuerza de ley N° 3, de 11 de septiembre de 2010, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que Fija la Planta de la Superintendencia del Medio Ambiente; en el decreto N° 31, de 8 de octubre de 2019, del Ministerio del Medio Ambiente, que nombra a Cristóbal de la Maza Guzmán en el cargo de Superintendente del Medio Ambiente; en la resolución exenta N° 424, de 12 de mayo de 2017, de la Superintendencia del Medio Ambiente, que fija la organización interna de la Superintendencia del Medio Ambiente, y sus modificaciones; y en la resolución N° 7, de 26 de marzo de 2019, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de Toma de Razón.

Considerando:

  1. El decreto supremo N° 4, de 5 enero de 2020, del Ministerio de Salud, que decretó alerta sanitaria otorgando facultades extraordinarias a dicha cartera por emergencia de salud pública de importancia internacional (ESPII) por brote del nuevo coronavirus (en adelante, Covid-19).

  2. El Ministerio de Salud, a través de los oficios N° 671, N° 749 y N° 750, de marzo de 2020, informó e instruyó respecto a las diversas acciones relacionadas con protocolos y medidas para enfrentar el coronavirus.

  3. Con fecha 11 de marzo de 2020, la Organización Mundial de la Salud calificó el brote de Covid-19 como una pandemia global, lo que implica una amenaza para todos los habitantes del territorio de nuestro país, por el riesgo de contagio del virus y la consiguiente afectación a la salud de las personas que ello trae consigo.

  4. Mediante el Oficio Gab. Pres. Nº 3, de 16 de marzo de 2020, se adoptaron medidas que han restringido reuniones masivas de personas, así como otras que han redundado en adoptar acciones preventivas que han flexibilizado el ejercicio de las labores de las personas, limitando así también viajes, medios de transporte, entre otras medidas.

  5. Por decreto supremo N° 104, de 18 de marzo de 2020, del...

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