Resolución núm. 5447 EXENTA, publicada el 12 de Septiembre de 2018. PROHÍBE CIRCULACIÓN DE VEHÍCULOS MOTORIZADOS EN CALLE DÁVILA LARRAÍN EN TRAMO QUE SE INDICA - MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 738323801

Resolución núm. 5447 EXENTA, publicada el 12 de Septiembre de 2018. PROHÍBE CIRCULACIÓN DE VEHÍCULOS MOTORIZADOS EN CALLE DÁVILA LARRAÍN EN TRAMO QUE SE INDICA

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES
Rango de LeyResolución

PROHÍBE CIRCULACIÓN DE VEHÍCULOS MOTORIZADOS EN CALLE DÁVILA LARRAÍN EN TRAMO QUE SE INDICA

Núm. 5.447 exenta.- Santiago, 28 de agosto de 2018.

Vistos:

La ley N°18.059; las resoluciones N° 39, de 1992 y N° 59, de 1985, ambas del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones; los artículos 2, 107 y 113 del DFL N°1, de 2007, de los Ministerios de Transportes y Telecomunicaciones y Justicia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley de Tránsito; el decreto supremo N° 83, de 1985 y sus modificaciones, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, relativo a Redes Viales Básicas; la resolución exenta N° 347, de 1987, del mismo origen, y sus modificaciones posteriores; oficio Ord. N° 899 de 3 de agosto de 2018, de Directora (S) de Tránsito y Transporte Público de Santiago; la resolución N° 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República, y la demás normativa vigente que resulte aplicable.

Considerando:

  1. - Que, mediante oficio Ord. N° 899 de 3 de agosto de 2018, de Directora (S) de Tránsito y Transporte Público de Santiago, en relación a "Proyecto de renovación de colectores de aguas servidas calle Dávila Larraín", de responsabilidad de empresa Constructora Olbertz Ltda., se solicita cierre de tránsito en calle Dávila Larraín, entre calles Maule y Pedro Lagos, comuna de Santiago, en período que indica, con motivo de renovación de colectores de aguas servidas.

  2. - Que, esta Secretaría Regional, en el marco de sus facultades legales, debe disponer las medidas de gestión de tránsito necesarias para disminuir el impacto en el tránsito vehicular.

  3. - Que, en consecuencia, existe una causa justificada en los términos del artículo 113, del DFL N°1, de 2007, de los Ministerios de Transportes y Telecomunicaciones y Justicia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley de Tránsito para disponer las medidas que se establecen en la parte resolutiva del presente acto administrativo.

    Resuelvo:

  4. - Prohíbase la...

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