Resolución núm. 54, publicada el 30 de Noviembre de 2020. EJECUTA ACUERDO DE CONSEJO N° 3.078, DE 2020, QUE 'DEJA SIN EFECTO ACUERDOS DE CONSEJO N° 2.815, DE 2014; N° 2.864, DE 2015, Y N° 3.007, DE 2018; Y FIJA NUEVAS NORMAS QUE REGULARÁN A LOS 'COMITÉS DE ASIGNACIÓN REGIONAL - CAR'', Y APRUEBA REGLAMENTO DE DICHO COMITÉ - MINISTERIO DE ECONOMÍA, FOMENTO Y TURISMO - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 852421643

Resolución núm. 54, publicada el 30 de Noviembre de 2020. EJECUTA ACUERDO DE CONSEJO N° 3.078, DE 2020, QUE 'DEJA SIN EFECTO ACUERDOS DE CONSEJO N° 2.815, DE 2014; N° 2.864, DE 2015, Y N° 3.007, DE 2018; Y FIJA NUEVAS NORMAS QUE REGULARÁN A LOS 'COMITÉS DE ASIGNACIÓN REGIONAL - CAR'', Y APRUEBA REGLAMENTO DE DICHO COMITÉ

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE ECONOMÍA, FOMENTO Y TURISMO
Rango de LeyResolución

EJECUTA ACUERDO DE CONSEJO N° 3.078, DE 2020, QUE "DEJA SIN EFECTO ACUERDOS DE CONSEJO N° 2.815, DE 2014; N° 2.864, DE 2015, Y N° 3.007, DE 2018; Y FIJA NUEVAS NORMAS QUE REGULARÁN A LOS "COMITÉS DE ASIGNACIÓN REGIONAL - CAR"", Y APRUEBA REGLAMENTO DE DICHO COMITÉ

Núm. 54.- Santiago, 13 de julio de 2020.

Visto:

La Ley N° 6.640, que crea la Corporación de Fomento de la Producción; el decreto con fuerza de ley N° 211, de 1960, del Ministerio de Hacienda, que Fija Normas que Regirán a la Corporación de Fomento de la Producción; el Reglamento de la Corporación, aprobado por decreto supremo N° 360, de 1945, del Ministerio de Economía; el artículo 3° de la Ley N° 19.880, que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado, que dispone que las decisiones de los órganos administrativos colegiados deben ejecutarse o llevarse a efecto mediante la dictación de una resolución de la autoridad ejecutiva correspondiente; el decreto N° 93, de 2019, del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo, que nombra Vicepresidente Ejecutivo de Corfo, y lo establecido en la resolución N° 7, de 2019, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón.

Considerando:

  1. Que, el artículo 7° del D.F.L. N° 211, de 1960, del Ministerio de Hacienda, establece que "el Consejo de la Corporación podrá designar, de entre sus miembros, comisiones de carácter permanente para el estudio de los proyectos de acuerdo que el mismo debe conocer, con el objeto de realizar los fines de la Corporación (...) El Consejo podrá, asimismo, delegar en el Vicepresidente Ejecutivo, y a petición de éste, en otros funcionarios de la Institución o en Comités cuyos miembros podrán tener la calidad de Consejeros, de funcionarios de la Corporación o de personas extrañas a ella, que el propio Consejo designará, el conocimiento y resolución de materias determinadas''.

  2. Que, el Acuerdo de Consejo N° 2.815, de 2014, modificado por los Acuerdos de Consejo N° 2.864, de 2015 y N° 3.007, de 2018, creó los Comités de Asignación Regional-CAR, ejecutados por las resoluciones (A) N°43, de 2014, N° 40, de 2015 y N° 171, de 2018, todas de Corfo, respectivamente.

  3. El Acuerdo de Consejo N° 3.078, de 2020, que "Deja sin Efecto Acuerdos de Consejo N° 2.815, de 2014; N° 2.864, de 2015 y N° 3.007, de 2018, y Fija Nuevas Normas que Regularán a los "Comités de Asignación Regional-CAR".

Resuelvo:

  1. - Ejecútase el Acuerdo de Consejo N° 3.078, de 2020, que "Deja sin Efecto Acuerdos de Consejo N° 2.815, de 2014; N° 2.864, de 2015 y N° 3.007, de 2018; y Fija Nuevas Normas que Regularán a los "Comités de Asignación Regional-CAR"".

  2. - Déjanse sin efecto las resoluciones (A) N° 43 de 2014, N° 40, de 2015 y N° 171, de 2018, todas de Corfo.

  3. - Apruébase el Reglamento de los "Comités de Asignación Regional-CAR", del siguiente tenor:

REGLAMENTO COMITÉS DE ASIGNACIÓN REGIONAL-CAR

Artículo 1°

Créanse cuatro "Comités de Asignación Regional", en adelante e indistintamente "CAR" o "Comités". Cada uno de estos Comités tendrá un ámbito de acción correspondiente a una agrupación de regiones, conforme la división político-administrativa del país.

Estos Comités son:

  1. Comité de Asignación Regional Norte, que comprenderá las regiones de Arica y Parinacota. Tarapacá, Antofagasta, Atacama y Coquimbo.

  2. Comité de Asignación Regional Centro, que comprenderá las regiones de Valparaíso, Metropolitana de Santiago, del Libertador General Bernardo O'Higgins y del Maule.

  3. Comité de Asignación Regional Sur, que comprenderá las regiones de Ñuble, Bío-Bío, La Araucanía y Los Ríos.

  4. Comité de Asignación Regional Austral, que comprenderá las regiones de Los Lagos, Aysén del General Carlos Ibáñez del Campo, y de Magallanes y la Antártica Chilena.

Artículo 2°

Los CAR estarán integrados por:

  1. Cinco miembros que tengan la calidad de empresarios/as, profesionales y/o académicos/as, designados/as por el Vicepresidente Ejecutivo.

  2. Cinco funcionarios de Corfo o de sus Comités, que tengan la calidad de Directivo; miembros del Consejo Directivo del Comité Innova Chile o miembros del Comité de Asignación de Fondos-CAF, designados por el Vicepresidente Ejecutivo de la Corporación, o funcionarios de otros órganos de la Administración del Estado, o de algún organismo privado que se encuentre dentro del Sistema de Administración Financiera del Estado, designados por la autoridad competente, previa solicitud de Corfo.

Los miembros que no tengan la calidad de funcionarios públicos, deberán aceptar la designación.

Los integrantes antes mencionados serán reemplazados, en caso de ausencia o impedimento, por las personas designadas por el Vicepresidente Ejecutivo de Corfo para tal efecto, si se tratare de funcionarios de Corfo, o sus Comités o de privados. Los reemplazantes de los funcionarios de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR