Resolución núm. 5, publicada el 14 de Abril de 2020. MODIFICA LA RESOLUCIÓN N° 11, DE 2019, DEL MINISTERIO DE EDUCACIÓN, EN LA FORMA QUE INDICA - MINISTERIO DE EDUCACIÓN - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 842772565

Resolución núm. 5, publicada el 14 de Abril de 2020. MODIFICA LA RESOLUCIÓN N° 11, DE 2019, DEL MINISTERIO DE EDUCACIÓN, EN LA FORMA QUE INDICA

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE EDUCACIÓN
Rango de LeyResolución

MODIFICA LA RESOLUCIÓN N° 11, DE 2019, DEL MINISTERIO DE EDUCACIÓN, EN LA FORMA QUE INDICA

Núm. 5.- Santiago, 24 de enero de 2020.

Visto:

Lo dispuesto en los artículos 32 N° 6 y 35 de la Constitución Política de la República; en la ley N° 18.956, que Reestructura el Ministerio de Educación Pública; en la ley N° 21.192, de Presupuestos del Sector Público correspondiente al año 2020; en la ley N° 21.040, que crea el Sistema de Educación Pública; en la ley N° 20.845, de inclusión escolar que regula la admisión de los y las estudiantes, elimina el financiamiento compartido y prohíbe el lucro en establecimientos educacionales que reciben aportes del Estado; en la ley N° 19.880, que establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; en la resolución N° 11, de 2019, del Ministerio de Educación; y en la resolución N° 7, de 2019, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón, y

Considerando:

Que, la ley N° 21.192 de Presupuestos del Sector Público correspondiente al año 2020, en su Partida 09, Capítulo 17, Programa 02, Subtítulo 24, Ítem 02, Asignación 051 "Fondo de Apoyo a la Educación Pública - Servicios Locales", contempla recursos por el monto de $39.973.759.000. Asimismo, en su Partida 09, Capítulo 17, Programa 02, Subtítulo 24, Ítem 03, Asignación 051 "Fondo de Apoyo a la Educación Pública", dispone de la cantidad de $203.209.419.000, para su ejecución.

Que, la Glosa 02 de este programa, dispone que estos recursos tienen por finalidad colaborar en el funcionamiento del servicio educacional que entregan los servicios locales de educación, para ser utilizados exclusivamente en el financiamiento de aquellas acciones propias de la entrega de dicho servicio y su mejoramiento, y en la revitalización de los establecimientos educacionales. Estos recursos podrán destinarse para los fines y obligaciones financieras del ámbito educativo que se requieran para asegurar el funcionamiento del servicio educativo y serán considerados como ingresos propios del sostenedor.

Que, asimismo la citada glosa establece que, los usos específicos en que se emplearán estos recursos, las formas y procedimientos de entrega y rendición de los mismos son los establecidos en la resolución N° 11, de 2019, del Ministerio de Educación.

Que, en atención a lo anteriormente señalado y que la ley de presupuestos correspondiente al año 2020, ha realizado variaciones en las glosas que regulan este fondo en cuanto a cifras monetarias y guarismos porcentuales, en necesario actualizar la citada resolución 11.

Que, en base a los principios de eficiencia, eficacia y coordinación entre otros, se procederá mediante el mismo acto administrativo a realizar modificaciones que mejoran la gestión en la ejecución del referido programa,

Resuelvo:

Artículo único

Modifícase la resolución N° 11, de 2019, del Ministerio de Educación, en el siguiente sentido:

1) En su artículo 4°:

  1. Reemplázase en su inciso segundo el guarismo "30%" por "40%";

  2. Intercálase en su inciso tercero entre las palabras "precedentemente" y "será" la siguiente frase "para los sostenedores del sector municipal,";

  3. Modifícase en su inciso tercero la expresión "15 de septiembre" por "31 de julio".

    2) En su artículo 8°:

  4. Modifícase el guarismo "255.048.715.000" por "203.209.419.000"

    3) En su artículo 9°:

  5. Reemplázase en el encabezado del inciso primero la frase "Áreas Financiables. Las áreas financiables son los usos específicos que puede darse a" por la siguiente frase "Usos Específicos. Los usos específicos son aquellos Ítems en los cuales los sostenedores se encuentran autorizados a utilizar";

  6. Sustitúyase en su numeral 1, la palabra "Municipal" por la palabra "Pública";

  7. Reemplázase del Título del numeral 2 la palabra "pedagógicos," por ", equipamiento e";

  8. Sustitúyase del numeral 2 la oración "Adquisición de material didáctico; de equipamiento informático, deportivo o artístico," por la siguiente "Adquisición de recursos de aprendizaje; equipamiento de apoyo pedagógico...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR