Resolución núm. 4956 EXENTA, publicada el 15 de Septiembre de 2018. AUTORIZA EDICIÓN EXTRAORDINARIA DEL DIARIO OFICIAL, PARA EL DÍA JUEVES 20 DE SEPTIEMBRE DE 2018 - MINISTERIO DEL INTERIOR Y SEGURIDAD PÚBLICA - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 739595149

Resolución núm. 4956 EXENTA, publicada el 15 de Septiembre de 2018. AUTORIZA EDICIÓN EXTRAORDINARIA DEL DIARIO OFICIAL, PARA EL DÍA JUEVES 20 DE SEPTIEMBRE DE 2018

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DEL INTERIOR Y SEGURIDAD PÚBLICA
Rango de LeyResolución

AUTORIZA EDICIÓN EXTRAORDINARIA DEL DIARIO OFICIAL, PARA EL DÍA JUEVES 20 DE SEPTIEMBRE DE 2018

Núm. 4.956 exenta.- Santiago, 13 de septiembre de 2018.

Vistos:

  1. - Lo dispuesto en los artículos 326 y 75, inciso tercero, de la Constitución Política de la República; en relación con lo preceptuado el artículo 7° del Código Civil;

  2. - Lo preceptuado en el artículo 3º, letra e), del DFL Nº 7.912 de 1927, del Ministerio del Interior; que Organiza las Secretarías de Estado;

  3. - La ley Nº 20.502, que crea el Ministerio del Interior y Seguridad Pública;

  4. - El decreto supremo Nº 22, de 12 de enero de 2016, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, que Aprueba Reglamento sobre Organización y Funcionamiento del Diario Oficial de la República de Chile;

  5. - Lo establecido en la resolución Nº 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón;

    Considerando:

  6. - Que, el artículo 7º inciso primero del decreto supremo Nº 22, de 12 de enero de 2016, que Aprueba el Reglamento sobre Organización y Funcionamiento del Diario Oficial de la República de Chile, estableció que "El Diario Oficial se publicará todos los días del año, salvo los días domingo y festivos. Cada edición tendrá un número correlativo único, manteniendo la numeración utilizada a la entrada en vigencia de este reglamento.".

  7. - Que, el inciso segundo del mismo artículo antedicho, dispuso que "Con todo, podrán excepcionalmente realizarse ediciones extraordinarias del Diario Oficial, sean éstas ediciones adicionales en un mismo día o en días domingo o festivos, las que deberán encontrarse autorizadas por resolución de la Subsecretaría del Interior.".

    Agregando además que, "Por razones de buen servicio la referida resolución podrá ser dictada con posterioridad a la edición extraordinaria. Dicha resolución deberá publicarse también en el Diario Oficial, con el objeto de informar sobre la existencia de la publicación extraordinaria.".

    Resuelvo:

  8. - Autorízase la elaboración y publicación de una edición extraordinaria, correspondiente a la Segunda edición del día jueves 20 de septiembre de 2018.

  9. - Asígnese el número 42.160-B a la edición antes...

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