Resolución núm. 4771 EXENTA, publicada el 18 de Abril de 2017. AUTORIZA A LLAMAR A CONCURSO EN CONDICIONES ESPECIALES PARA EL OTORGAMIENTO DE SUBSIDIOS HABITACIONALES DEL FONDO SOLIDARIO DE ELECCIÓN DE VIVIENDA, REGULADO POR EL DS Nº 49 (V. Y U.), DE 2011, Y SUS MODIFICACIONES, PARA FAMILIAS DE LA COMUNA DE RANCAGUA, EN LA REGIÓN DEL L. B. O'HIGGINS - MINISTERIO DE VIVIENDA Y URBANISMO - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 677396917

Resolución núm. 4771 EXENTA, publicada el 18 de Abril de 2017. AUTORIZA A LLAMAR A CONCURSO EN CONDICIONES ESPECIALES PARA EL OTORGAMIENTO DE SUBSIDIOS HABITACIONALES DEL FONDO SOLIDARIO DE ELECCIÓN DE VIVIENDA, REGULADO POR EL DS Nº 49 (V. Y U.), DE 2011, Y SUS MODIFICACIONES, PARA FAMILIAS DE LA COMUNA DE RANCAGUA, EN LA REGIÓN DEL L. B. O'HIGGINS

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE VIVIENDA Y URBANISMO
Rango de LeyResolución

AUTORIZA A LLAMAR A CONCURSO EN CONDICIONES ESPECIALES PARA EL OTORGAMIENTO DE SUBSIDIOS HABITACIONALES DEL FONDO SOLIDARIO DE ELECCIÓN DE VIVIENDA, REGULADO POR EL DS Nº 49 (V. Y U.), DE 2011, Y SUS MODIFICACIONES, PARA FAMILIAS DE LA COMUNA DE RANCAGUA, EN LA REGIÓN DEL L. B. O'HIGGINS

Santiago, 12 de abril de 2017.- Hoy se resolvió lo que sigue:

Núm. 4.771 exenta.

Visto:

a) El DS Nº 49 (V. y U.), de 2011, y sus modificaciones, que reglamenta el Programa Habitacional Fondo Solidario de Elección de Vivienda, en especial lo dispuesto en el artículo 21, relativo a la realización de llamados a concurso en condiciones especiales;

b) La resolución exenta Nº 8.315 (V. y U.), de fecha 23 de diciembre de 2016, que autoriza efectuar llamados a postulación y/o comprometer recursos durante el año 2017 en el otorgamiento de subsidios habitacionales y señala el monto de los recursos destinados, entre otros, a la atención a través del programa regulado por el DS Nº 49 (V. y U.), de 2011;

c) La resolución exenta Nº 8.761 (V. y U.), de 2013, y sus modificaciones, que Llama al ingreso de antecedentes para acogerse a los beneficios del Programa de Recuperación de Condominios Sociales: Segunda Oportunidad, regulado por resolución exenta Nº 7.663 (V. y U.), de 2012, a las unidades mínimas de postulación de los conjuntos habitacionales Brisas del Mar y Nuevo Horizonte II, de la comuna de Viña del Mar, Región de Valparaíso; Vicuña Mackenna, de la comuna de Rancagua, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins; Parinacota, de la comuna de Quilicura, y Cerro Morado y Francisco Coloane, de la comuna de Puente Alto, Región Metropolitana; fija condiciones para su aplicación;

d) La resolución exenta Nº 262 (V. y U.), de 2013, y sus modificaciones, que llama a postulación especial al programa Recuperación de Condominios Sociales: Segunda Oportunidad, regulado por resolución exenta Nº 7.663 (V. y U.), de 2012, a las unidades mínimas de postulación de los conjuntos habitacionales "Brisas del Mar" y "Nuevo Horizonte II", de la comuna de Viña del Mar, Región de Valparaíso; "Vicuña Mackenna", de la comuna de Rancagua, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins; "Parinacota", de la comuna de Quilicura, y "Cerro Morado" y Francisco Coloane", de la comuna de Puente Alto, Región Metropolitana; fija condiciones para su aplicación y su forma de distribución para cada región;

e) La resolución exenta N° 1.234, de la Secretaría Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo...

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