Resolución núm. 464 EXENTA, publicada el 17 de Marzo de 2015. LLEVA A EFECTO ACUERDO Nº 98 DEL DIRECTORIO DEL CONSEJO NACIONAL DE LA CULTURA Y LAS ARTES, QUE DESIGNA CONSEJERO REGIONAL DE LA CULTURA, DE LA REGIÓN DE ANTOFAGASTA, A DON JOSÉ HERNÁNDEZ CALDERÓN - CONSEJO NACIONAL DE LA CULTURA Y LAS ARTES - OTROS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 561357346

Resolución núm. 464 EXENTA, publicada el 17 de Marzo de 2015. LLEVA A EFECTO ACUERDO Nº 98 DEL DIRECTORIO DEL CONSEJO NACIONAL DE LA CULTURA Y LAS ARTES, QUE DESIGNA CONSEJERO REGIONAL DE LA CULTURA, DE LA REGIÓN DE ANTOFAGASTA, A DON JOSÉ HERNÁNDEZ CALDERÓN

Publicado enDiario Oficial
EmisorCONSEJO NACIONAL DE LA CULTURA Y LAS ARTES
Rango de LeyResolución

LLEVA A EFECTO ACUERDO Nº 98 DEL DIRECTORIO DEL CONSEJO NACIONAL DE LA CULTURA Y LAS ARTES, QUE DESIGNA CONSEJERO REGIONAL DE LA CULTURA, DE LA REGIÓN DE ANTOFAGASTA, A DON JOSÉ HERNÁNDEZ CALDERÓN

Núm. 464 exenta.- Valparaíso, 26 de febrero de 2015.- Visto: Estos antecedentes: Memorándum Interno Nº 02UR/689 de Sección de Coordinación Regional-Subdirección Nacional, certificado de Subdirector (S) del Consejo Nacional de Cultura y las Artes, de fecha 28 de noviembre de 2014; Oficio Ordinario Nº 780, de 30 de octubre de 2014, del Intendente de Antofagasta con candidatos propuestos al Consejo Regional de la Cultura y las Artes de Antofagasta; Oficio Ordinario Nº 453, de fecha 14 de octubre de 2014, de la Directora Regional de Antofagasta a Intendente con nómina de candidatos al cupo de Consejero Regional; documentos de postulación del Consejero designado, copia de publicaciones de la convocatoria en medios de circulación regional, certificado de registro Regional de Antofagasta con nómina de organizaciones culturales con personalidad jurídica vigente, correo electrónico de asesor jurídico de Consejo Nacional de la Cultura y las Artes de Región de Antofagasta y resolución exenta 9.151, de 2014, que formaliza la renuncia de Consejero que da origen a vacancia del cupo.

Considerando:

Que la Ley Nº 19.891 creó el Consejo Nacional de la Cultura y las Artes, que tiene por misión promover un desarrollo cultural armónico, pluralista y equitativo entre los habitantes del país, a través del fomento y difusión de la creación artística nacional, así como de la preservación, promoción y difusión del patrimonio cultural chileno, adoptando iniciativas públicas que promueven una participación activa de la ciudadanía en el logro de tales fines.

Que la citada ley en su artículo 16 dispone que el Consejo Nacional de la Cultura y las Artes se desconcentrará territorialmente a través de los Consejos Regionales de la Cultura y las Artes.

Que el artículo 17 del citado cuerpo legal dispone que los Consejos Regionales de la Cultura y las Artes estarán integrados por: 1) El Director Regional, que será nombrado por el Presidente del Consejo de una terna que le propondrá el Intendente respectivo, y a quien corresponderá presidir el Consejo Regional; 2) El Secretario Regional Ministerial de Educación; 3) Una personalidad representativa de las actividades culturales...

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