Resolución núm. 462 EXENTA, publicada el 20 de Abril de 2018. FIJA ESTACIONAMIENTO DE VEHÍCULOS DE LAS SECRETARÍAS REGIONALES DEL MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS Y AUTORIZA EXCEPCIONALMENTE A FUNCIONARIOS QUE INDICA, PARA ESTACIONAR LOS VEHÍCULOS QUE SEÑALA EN SUS DOMICILIOS PARTICULARES, UNA VEZ FINALIZADA SU JORNADA DE TRABAJO - MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 714222013

Resolución núm. 462 EXENTA, publicada el 20 de Abril de 2018. FIJA ESTACIONAMIENTO DE VEHÍCULOS DE LAS SECRETARÍAS REGIONALES DEL MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS Y AUTORIZA EXCEPCIONALMENTE A FUNCIONARIOS QUE INDICA, PARA ESTACIONAR LOS VEHÍCULOS QUE SEÑALA EN SUS DOMICILIOS PARTICULARES, UNA VEZ FINALIZADA SU JORNADA DE TRABAJO

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
Rango de LeyResolución

FIJA ESTACIONAMIENTO DE VEHÍCULOS DE LAS SECRETARÍAS REGIONALES DEL MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS Y AUTORIZA EXCEPCIONALMENTE A FUNCIONARIOS QUE INDICA, PARA ESTACIONAR LOS VEHÍCULOS QUE SEÑALA EN SUS DOMICILIOS PARTICULARES, UNA VEZ FINALIZADA SU JORNADA DE TRABAJO

Santiago, 13 de abril de 2018.- Hoy se resolvió lo que sigue:

Núm. 462 exenta.

Vistos:

Lo dispuesto en la Ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado por el DFL N° 1/19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia; en el decreto con fuerza de ley N° 3, de 2016, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Orgánica del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; en el decreto N° 1.597, de 1980, del Ministerio de Justicia, que fija el Reglamento Orgánico del Ministerio de Justicia; en el decreto ley N° 799, de 1974, del Ministerio del Interior, que deroga ley N° 17.054 y Dicta en su Reemplazo Disposiciones que Regulan Uso y Circulación de Vehículos Estatales; en el oficio circular N° 25, de 2003, de los Ministerios de Hacienda y de Interior; en el oficio circular N° 26, de 2010, del Ministerio de Hacienda; en la Instrucción N° 35.593, de 1995, sobre uso y circulación de Vehículos Estatales y en la resolución N° 1.600, de 2008, ambas de la Contraloría General de la República;

Considerando:

  1. Que, según lo prescrito en el artículo 6° del decreto ley N° 799, de 1974, los vehículos de propiedad fiscal deberán ser guardados, una vez finalizada la jornada diaria de trabajo, en los recintos que para este efecto determine la autoridad administrativa correspondiente, la cual estará obligada a establecer los controles internos y resguardos que procedan.

  2. Que, la Instrucción N° 35.593, de 1995, de la Contraloría General de la República, indica que, si excepcionalmente se debe disponer el estacionamiento de un vehículo en un recinto que no sea el ordinariamente destinado al efecto, se deberá dejar constancia, también por escrito, de la persona que se hará responsable del mismo.

  3. Que, mediante resolución exenta N° 2.668, de 22 de agosto de 2017, de la Subsecretaría de Justicia, se autorizó fijar los estacionamientos de los vehículos de dotación de las Secretarías Regionales Ministeriales de Justicia de las Regiones de Tarapacá, Antofagasta, Atacama, Coquimbo, Valparaíso, Libertador Bernardo O'Higgins, Maule, Biobío, Araucanía, Los...

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