Resolución núm. 4543 EXENTA, publicada el 14 de Julio de 2018. PROHÍBE CIRCULACIÓN DE VEHÍCULOS MOTORIZADOS EN TRAMO DE VÍAS QUE SE INDICAN - MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 732419733

Resolución núm. 4543 EXENTA, publicada el 14 de Julio de 2018. PROHÍBE CIRCULACIÓN DE VEHÍCULOS MOTORIZADOS EN TRAMO DE VÍAS QUE SE INDICAN

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES
Rango de LeyResolución

PROHÍBE CIRCULACIÓN DE VEHÍCULOS MOTORIZADOS EN TRAMO DE VÍAS QUE SE INDICAN

Núm. 4.543 exenta.- Santiago, 9 de julio de 2018.

Vistos:

La ley N° 18.059; las resoluciones N° 39, de 1992, y N° 59, de 1985, ambas del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones; los artículos 107 y 113 del DFL Nº 1, de 2007, de los Ministerios de Transportes y Telecomunicaciones y Justicia, que fija el texto Refundido, Coordinado y Sistematizado de la Ley de Tránsito; el decreto supremo N° 83/85 y sus modificaciones, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, relativo a Redes Viales Básicas; la resolución exenta N° 347, de 1987, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, y sus modificaciones posteriores; Ord. N° 4/371, de 4 de julio de 2018, de ilustre Municipalidad de Las Condes; la resolución N° 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República, y la demás normativa vigente que resulte aplicable.

Considerando:

  1. - Que, mediante Ord. N° 4/371, de ilustre Municipalidad de Las Condes, citado en el Visto, se informa que a contar del 11 de julio de 2018 se dará inicio a trabajos de reparación del desnivel Av. Américo Vespucio, por lo que será necesario el cierre al tránsito de vehículos motorizados de pistas y calzadas, tanto de Av. Américo Vespucio como de Av. Apoquindo, en la forma que explica.

  2. - Que, esta Secretaría Regional, en el marco de sus facultades legales, debe disponer todas las medidas de gestión de tránsito necesarias con el objetivo de disminuir el impacto en el flujo vehicular que significará el cierre de calzadas solicitado y precaver la ocurrencia de accidentes.

  3. - Que, en consecuencia, existe una causa justificada en los términos del artículo 113, del DFL Nº 1, de 2007, de los Ministerios de Transportes y Telecomunicaciones y Justicia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley de Tránsito, para disponer la medida que se establece en la parte resolutiva del presente acto administrativo.

    Resuelvo:

  4. - Prohíbase la circulación de todo tipo de vehículos motorizados en Av. Américo Vespucio y Av. Apoquindo, en los tramos, calzadas y fechas que se indican a continuación:

    a) Av. Américo Vespucio (calzada central)

    i) Calzada central, sentido norte-sur, entre calle La Gioconda y Apoquindo Oriente, desde 11 de julio de 2018 al 26 julio de 2018.

    ii) Calzada central, sentido sur-norte, entre calle La Nevería y Los Militares, desde 11 de julio de 2018 al 26 julio de 2018.

    iii) Una pista calzada central...

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