Resolución núm. 438 EXENTA, publicada el 13 de Diciembre de 2019. LLAMADO A PRESENTACIÓN DE PROYECTOS HABITACIONALES, PARA EL PROGRAMA DE INTEGRACIÓN SOCIAL Y TERRITORIAL, SECTOR PUNTA NEGRA SUR, COMUNA DE COPIAPÓ - MINISTERIO DE VIVIENDA Y URBANISMO - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 829616841

Resolución núm. 438 EXENTA, publicada el 13 de Diciembre de 2019. LLAMADO A PRESENTACIÓN DE PROYECTOS HABITACIONALES, PARA EL PROGRAMA DE INTEGRACIÓN SOCIAL Y TERRITORIAL, SECTOR PUNTA NEGRA SUR, COMUNA DE COPIAPÓ

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE VIVIENDA Y URBANISMO
Rango de LeyResolución

LLAMADO A PRESENTACIÓN DE PROYECTOS HABITACIONALES, PARA EL PROGRAMA DE INTEGRACIÓN SOCIAL Y TERRITORIAL, SECTOR PUNTA NEGRA SUR, COMUNA DE COPIAPÓ

Núm. 438 exenta.- Copiapó, 4 de diciembre de 2019.

Visto:

  1. La ley Nº 18.575, Orgánica constitucional de bases generales de la administración del Estado;

  2. La ley Nº 16.391, que crea el Ministerio de Vivienda y Urbanismo;

  3. El decreto ley Nº 1.305, de 1975, que reestructura y regionaliza el Ministerio de Vivienda y Urbanismo;

  4. El decreto supremo Nº 397 (V. y U.), de 1976, que fija Reglamento Orgánico de las Secretarías Regionales Ministeriales y sus facultades;

  5. El DS Nº 19 (V. y U.), de 2016, que Reglamenta el Programa de Integración Social y Territorial y sus modificaciones;

  6. El oficio ordinario Nº 2.793, de fecha 28 de agosto de 2019, de Director del Servicio de Vivienda y Urbanización de la Región de Atacama, en que solicita efectuar Llamado a Concurso Regional para la ejecución de un Proyecto en terreno de propiedad del Serviu Región de Atacama, a través de la aplicación del Programa de Integración Social y Territorial regulado por el DS Nº 19 (V. y U.), de 2016:

  7. El ordinario Nº 939 de fecha 29 de agosto de 2019, de la Secretaria Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo de la Región de Atacama dirigido al Ministro de Vivienda y Urbanismo, que solicita autorización para efectuar llamado regional de Programa de Integración Social y Territorial DS Nº 19 (V. y U.), de 2016, en terreno de propiedad Servicio de Vivienda y Urbanización de la Región de Atacama;

  8. La resolución Ex. Nº 529 (V. y U.), de fecha 8 de febrero de 2019, que modifica la resolución Ex. Nº 152, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, de 2019, que autorizó realizar llamados y/o comprometer recursos en el otorgamiento de certificados de subsidio habitacional durante el año 2019, para los Sistemas y Programas Habitacionales que allí se señalan, entre otros, los destinados al programa regulado por el DS Nº 19 (V. y U.), de 2016, fijándose el monto de recursos que se destinarán para los efectos señalados;

  9. La inscripción de la propiedad a nombre del Servicio de Vivienda y Urbanización de la Región de Atacama, referida al Lote 1 inscrita a Fojas 1, Nº 1, del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Copiapó, correspondiente al año 1999;

  10. Resolución exenta Nº 2.727, de fecha 2 de diciembre de 2019, del Sr. Ministro de Vivienda y Urbanismo, que "Autoriza la aplicación del Programa de Integración Social y Territorial, regulado por el DS Nº 19 (V. y U.), de 2016, y la realización de llamado a presentación de proyectos en terrenos de propiedad del Serviu, Región de Atacama";

  11. La resolución Nº 7, de la Contraloría General de la República, de 2019, que fija Normas sobre Exención del Trámite de Toma de Razón;

  12. La resolución Nº 1.263, de 15 de diciembre de 2018, en relación a lo dispuesto en el decreto exento Nº 152, de fecha 3 de diciembre de 2014, y publicado en el DO con fecha 06.12.2014, ambos de Vivienda y Urbanismo, y

Considerando:

  1. La autorización otorgada por resolución exenta señalada en la letra j) de los vistos del presente llamado.

  2. Que, el terreno es de propiedad del Servicio de Vivienda y Urbanización de la Región de Atacama y se encuentra ubicado en la comuna de Copiapó sector Punta Negra Sur, singularizado en la siguiente tabla:

  3. La urgente necesidad de atender a las familias de la Región de Atacama, con la finalidad de paliar el déficit habitacional de la capital regional.

  4. La necesidad de atender a las familias vulnerables y de sectores medios de la Región de Atacama, que se encuentran beneficiadas con un subsidio habitacional y que no han podido materializar la adquisición de una vivienda.

  5. La necesidad de abordar la agenda de reactivación económica impulsada por el gobierno, con la finalidad de contribuir en la disminución de la tasa de desocupación que asciende al 8,6%, posicionándonos en la segunda región con mayor tasa de cesantía del país.

  6. La autorización ministerial para aplicar el Programa de Integración Social y Territorial, regulado por el DS Nº 19 (V. y U.), de 2016, y la realización de llamado a presentación de proyectos en terrenos de propiedad del Serviu Región de Atacama, destinado a 180 familias de sectores medios y vulnerables.

  7. El ordinario Nº 1116 de fecha 17 de octubre de 2019, de la Secretaria Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo de la Región de Atacama, que indica medidas de mitigación definidas para el proceso de construcción del proyecto asociado al Programa Habitacional de Integración Social y Territorial del Ministerio de Vivienda y Urbanismo con un enfoque de reducción de riesgos de desastre.

  8. Que, dentro de los objetivos del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, se encuentra el disminuir el déficit habitacional de los Sectores más vulnerables, reduciendo la inequidad y fomentando la integración social, por lo que se hace necesario generar proyectos habitacionales con dicha finalidad, dicto la siguiente:

    Resolución:

Título 1 Disposiciones generales.
  1. Llámese, a partir de la fecha de publicación de la presente resolución en el Diario Oficial y hasta las 13:30 horas del día 31 de enero de 2020, a postulación Regional al Programa de Integración Social y Territorial, regulado por el DS Nº 19 (V. y U.), de 2016, en adelante el DS Nº 19, en terreno de propiedad del Servicio de Vivienda y Urbanización Región de Atacama, singularizado en el considerando 2º del presente instrumento, período en el cual dicho Servicio, procederá directamente a la recepción de proyectos habitacionales con la documentación y antecedentes exigidos en el artículo 9º del DS Nº 19 (V. y U.), de 2016, y por esta resolución. Previamente, las Entidades Desarrolladoras deberán ingresar los datos del proyecto, a través de los medios electrónicos que el Ministerio de Vivienda y Urbanismo disponga para estos efectos.

1.1 La presentación se debe realizar en un solo proyecto, considerando los...

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