Resolución núm. 433, publicada el 29 de Octubre de 2019. RECTIFICA ERROR MANIFIESTO DE ESCRITURA EN EL DECRETO N° 477, DE 2019, DEL MINISTERIO DEL INTERIOR Y SEGURIDAD PÚBLICA, QUE DECLARÓ ESTADO DE EXCEPCIÓN CONSTITUCIONAL DE EMERGENCIA EN LA COMUNA DE VALDIVIA - MINISTERIO DEL INTERIOR Y SEGURIDAD PÚBLICA - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 820993013

Resolución núm. 433, publicada el 29 de Octubre de 2019. RECTIFICA ERROR MANIFIESTO DE ESCRITURA EN EL DECRETO N° 477, DE 2019, DEL MINISTERIO DEL INTERIOR Y SEGURIDAD PÚBLICA, QUE DECLARÓ ESTADO DE EXCEPCIÓN CONSTITUCIONAL DE EMERGENCIA EN LA COMUNA DE VALDIVIA

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DEL INTERIOR Y SEGURIDAD PÚBLICA
Rango de LeyResolución

RECTIFICA ERROR MANIFIESTO DE ESCRITURA EN EL DECRETO N° 477, DE 2019, DEL MINISTERIO DEL INTERIOR Y SEGURIDAD PÚBLICA, QUE DECLARÓ ESTADO DE EXCEPCIÓN CONSTITUCIONAL DE EMERGENCIA EN LA COMUNA DE VALDIVIA

Núm. 433.- Santiago, 23 de octubre de 2019.

Visto:

Lo dispuesto en la ley N° 20.502, que Crea el Ministerio del Interior y Seguridad Pública y el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, y modifica diversos cuerpos legales; en el artículo 24 de la ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; en el artículo 2°, letra i), del decreto ley N° 1.028, de 1975, que Precisa Atribuciones y Deberes de los Subsecretarios de Estado; en el decreto N° 477, de 2019, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, que Declara Estado de Excepción Constitucional de Emergencia en la Comuna de Valdivia, de la Región de Los Ríos; y, en la resolución N° 7, de 2019, de la Contraloría General de la República, que Fija Normas sobre Exención del Trámite de Toma de Razón.

Considerando:

  1. Que, con fecha 20 de octubre de 2019 fue publicado el decreto N° 477, de 2019, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, que Declara Estado de Excepción Constitucional de Emergencia en la Comuna de Valdivia, de la Región de Los Ríos.

  2. Que, se ha incurrido en un error manifiesto de escritura en el texto del decreto citado en el considerando precedente.

  3. Que, el artículo 2°, letra i), del decreto ley N° 1.028, de 1975, dispone que corresponde a los Subsecretarios de Estado rectificar los decretos ya firmados por el Presidente de la República y por el Ministro respectivo o por éste, en su caso, sólo para corregir errores manifiestos de escritura o numéricos, como es el caso del presente acto administrativo.

  4. Que, en consecuencia, la presente resolución...

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