Resolución núm. 43 EXENTA, publicada el 14 de Mayo de 2015. DENIEGA SOLICITUD DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA FOLIO AS002W-0000075 Y DECLARA RESERVA DE LA INFORMACIÓN QUE SE INDICA, EN VIRTUD DE LA LEY Nº 20.285 - COMISIÓN CHILENA DEL COBRE - COMISIÓN NACIONAL - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 569734214

Resolución núm. 43 EXENTA, publicada el 14 de Mayo de 2015. DENIEGA SOLICITUD DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA FOLIO AS002W-0000075 Y DECLARA RESERVA DE LA INFORMACIÓN QUE SE INDICA, EN VIRTUD DE LA LEY Nº 20.285

Publicado enDiario Oficial
EmisorCOMISIÓN CHILENA DEL COBRE
Rango de LeyResolución

DENIEGA SOLICITUD DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA FOLIO AS002W-0000075 Y DECLARA RESERVA DE LA INFORMACIÓN QUE SE INDICA, EN VIRTUD DE LA LEY Nº 20.285

Núm. 43 exenta.- Santiago, 10 de abril de 2015.

Visto:

  1. La Constitución Política de la República de Chile;

  2. El DFL Nº 1/19.653 (SEGPRES), de 2000, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional sobre Bases Generales de la Administración del Estado;

  3. La Ley Nº 19.880, que establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado;

  4. La Ley Nº 20.285, sobre Acceso a la Información Pública y su Reglamento, aprobado mediante decreto supremo Nº 13, del año 2009, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia;

  5. Lo dispuesto en los artículos letra g) y 12 del decreto ley Nº 1.349, de 1976, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado por el decreto con fuerza de ley Nº 1, de 1987, del Ministerio de Minería, y sus posteriores modificaciones;

  6. La resolución exenta Nº 1.190 de la Vicepresidencia Ejecutiva de la Comisión, de 10 de noviembre de 2010, publicada en el Diario Oficial de 18 de noviembre de 2010, y sus modificaciones posteriores, y

  7. El DS Nº 94, de 2014, del Ministerio de Minería.

    Considerando:

  8. Que con fecha 25 de marzo de 2015, don Gustavo Orellana Venegas formuló, a través del sistema de gestión de información pública, bajo el folio AS002W-0000075, la solicitud de acceso, cuyo tenor literal es el siguiente: "Los informes de evaluación de los proyectos estructurales de CODELCO: Estudio Benchmarking CODELCO vs Empresas Mineras Privadas Reporte sobre Evolución y Posición Competitiva de CODELCO Análisis de la Evolución del Desempeño de la Cartera de proyectos de Inversión de CODELCO forme Seguimiento de Proyectos Principales de CODELCO".

  9. Que conforme a lo establecido en el artículo 10 de la Ley Nº 20.285, sobre Acceso a la Información Pública, "Toda persona tiene derecho a solicitar y recibir información de cualquier órgano de la Administración del Estado, en la forma y condiciones que establece esta ley".

  10. Que el artículo 5º del citado cuerpo legal dispone que son públicos los actos y resoluciones de los órganos de la Administración del Estado, sus fundamentos, los documentos que les sirvan de sustento y complemento directo y esencial, y los procedimientos que se utilicen para su dictación; la...

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