Resolución núm. 4223, publicada el 16 de Octubre de 2017. DETERMINA CÉDULAS OFICIALES QUE SE UTILIZARÁN EN LAS ELECCIONES DE PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA, SENADORES, DIPUTADOS Y DE CONSEJEROS REGIONALES - SERVICIO ELECTORAL - OTROS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 694905989

Resolución núm. 4223, publicada el 16 de Octubre de 2017. DETERMINA CÉDULAS OFICIALES QUE SE UTILIZARÁN EN LAS ELECCIONES DE PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA, SENADORES, DIPUTADOS Y DE CONSEJEROS REGIONALES

Publicado enDiario Oficial
EmisorSERVICIO ELECTORAL
Rango de LeyResolución

DETERMINA CÉDULAS OFICIALES QUE SE UTILIZARÁN EN LAS ELECCIONES DE PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA, SENADORES, DIPUTADOS Y DE CONSEJEROS REGIONALES

Determínase que las cédulas oficiales de votación que se utilizarán en las elecciones de Presidente de la República, Senadores, Diputados y de Consejeros Regionales del domingo 19 de noviembre de 2017, tendrán las siguientes características de impresión:

1.1. Cédula oficial para elección de Presidente de la República:

  1. La tipografía de la palabra Presidente de la República 2017, corresponde a Arial Bold, cuerpo 14 altas;

  2. El nombre de los candidatos corresponde a la tipografía Arial Normal, cuerpo 12 altas;

  3. El número correlativo que antecede a cada uno de los candidatos corresponde a la tipografía Arial Bold, cuerpo 18, y

  4. En el evento de producirse la situación prevista en el artículo 26 de la Constitución Política, las características de impresión de la cédula oficial que se utilizará serán las mismas indicadas en la presente resolución.

    1.2. Cédulas oficiales para las elecciones de Senadores y Diputados:

  5. En la franja del extremo superior derecho de la cara impresa, se estampará la expresión en texto calado, "Senadores 2017" o "Diputados 2017" según corresponda, en tipografía Arial Bold, cuerpo 30 altas;

  6. En la franja del extremo superior derecho de la cara impresa se identificará la circunscripción senatorial o el distrito electoral según corresponda, en tipografía Arial Bold, cuerpo 12, altas;

  7. Los símbolos o figuras que distinguirán a cada lista o candidatura independiente ocuparán un área de 12 mm. de alto por 12 mm. de ancho;

  8. La tipografía de las letras que identificarán las listas, corresponden a la tipografía Arial Bold, cuerpo 14, altas;

  9. Los nombres de listas o candidatura independiente, corresponden a la tipografía Arial Bold, cuerpo 12, altas;

  10. El número correlativo que antecede a cada uno de los candidatos corresponde a la tipografía Arial Bold, cuerpo 14;

  11. Los nombres de los candidatos corresponden a la tipografía Arial Normal, cuerpo 10, altas, y

  12. La filiación que sigue al nombre de los candidatos que integran pacto corresponde a la tipografía Arial Normal, cuerpo 10, altas y bajas.

    1.3. Cédulas oficiales para las elecciones de Consejeros Regionales:

  13. En la franja del extremo superior derecho de la cara impresa, se estampará la expresión en texto calado, "Consejeros Regionales...

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