Resolución núm. 4, publicada el 25 de Enero de 2018. EXIME TEMPORALMENTE DE TOMA DE RAZÓN LOS ACTOS ADMINISTRATIVOS SOBRE LAS MATERIAS QUE INDICAN - CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA - OTROS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 701599133

Resolución núm. 4, publicada el 25 de Enero de 2018. EXIME TEMPORALMENTE DE TOMA DE RAZÓN LOS ACTOS ADMINISTRATIVOS SOBRE LAS MATERIAS QUE INDICAN

Publicado enDiario Oficial
EmisorCONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA
Rango de LeyResolución

EXIME TEMPORALMENTE DE TOMA DE RAZÓN LOS ACTOS ADMINISTRATIVOS SOBRE LAS MATERIAS QUE INDICAN

Santiago, 15 de enero de 2018.- Con esta fecha se ha resuelto lo siguiente:

Núm. 4.

Vistos:

Las facultades que me confiere la Constitución Política de la República; lo dispuesto en la ley Nº 10.336, de Organización y Atribuciones de esta Contraloría General, especialmente en sus artículos 10 y siguientes, y lo señalado en la resolución Nº 1.600, de 2008, de esta Entidad Fiscalizadora.

Considerando:

  1. - Que, la Constitución Política de la República dispone que la Contraloría General ejercerá el control de la legalidad de los actos de la Administración del Estado y que, en el ejercicio de esa función, tomará razón de los decretos y resoluciones que, en conformidad a la ley, deben tramitarse por esta Contraloría, o representará la ilegalidad de que puedan adolecer.

  2. - Que, el inciso 5º del artículo 10 de la ley Nº 10.336, faculta al Contralor General para dictar disposiciones sobre exención de toma de razón en los términos que expresa.

  3. - Que, un correcto ejercicio de las potestades de control, considerando los recursos disponibles para la fiscalización de todos los órganos que integran la Administración del Estado, exige priorizar y revisar las materias consideradas esenciales por el Contralor General.

  4. - Que, en mérito de lo prescrito en el artículo 10.3.2 de la resolución Nº 1.600, de 2008, de esta Contraloría General, están afectas a toma de razón las resoluciones de internación administrativa, mantención, traslado y post-traslado dictadas por las Secretarías Regionales Ministeriales de Salud (Seremis).

  5. - Que, a su turno, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 10.3.3 de la misma resolución, se encuentran sometidas al trámite de toma de razón los decretos y resoluciones sobre expulsiones de extranjeros, emanados del Ministerio del Interior y Seguridad Pública y de las intendencias regionales.

  6. - Que, en los últimos años se ha observado que, en general, la tramitación de dichos actos administrativos se ha ajustado al marco normativo, sin haberse formulado observaciones de relevancia. Al mismo tiempo, es posible evidenciar que se ha dado cumplimiento a las principales observaciones efectuadas por esta Contraloría General, por lo que actualmente, la mayoría de...

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