Resolución núm. 4 EXENTA, publicada el 24 de Enero de 2017. APRUEBA MODIFICACIÓN AL REGLAMENTO QUE FIJA PROCEDIMIENTO DE AUTORIZACIÓN PARA EL FUNCIONAMIENTO DE AGENCIAS DE ACREDITACIÓN, CONDICIONES DE OPERACIÓN Y SUPERVISIÓN
Publicado en | Diario Oficial |
Emisor | COMISIÓN NACIONAL DE ACREDITACIÓN |
Rango de Ley | Resolución |
APRUEBA MODIFICACIÓN AL REGLAMENTO QUE FIJA PROCEDIMIENTO DE AUTORIZACIÓN PARA EL FUNCIONAMIENTO DE AGENCIAS DE ACREDITACIÓN, CONDICIONES DE OPERACIÓN Y SUPERVISIÓN
Núm. DJ 002-4 exenta.- Santiago, 9 de enero de 2017.
Vistos:
La ley Nº 20.129, en especial el artículo 6º mediante el cual se crea la Comisión Nacional de Acreditación; la resolución exenta DJ Nº 013-4, de 7 de noviembre de 2014, que aprueba el Reglamento que Fija el Procedimiento de Autorización para el Funcionamiento de Agencias de Acreditación, Condiciones de Operación y Supervisión; el acuerdo Nº 485, adoptado en la sesión ordinaria Nº 1043 de la CNA, de 9 de noviembre de 2016; y la resolución Nº 1.600, de 2008, ambos de la Contraloría General de la República.
Considerando:
Que, acorde al inciso final del artículo 35º de la ley 20.129/2006, un reglamento establecerá la forma, condiciones y requisitos para el desarrollo de los procesos de autorización de agencias de acreditación de carreras de pregrado y programas de magíster y especialidades en el área de la salud.
Que, la Comisión, mediante resolución exenta DJ Nº 013-4, de 7 de noviembre de 2014, aprobó el Reglamento que Fija Procedimiento de Autorización para el Funcionamiento de Agencias de Acreditación, Condiciones de Operación y Supervisión.
Que, resulta necesario modificar el referido Reglamento, específicamente su artículo 8º, en relación a los requisitos para los consejeros y el funcionamiento de los consejos de acreditación.
Que, en ese contexto, la Comisión mediante acuerdo interno Nº 485, de la sesión Nº 1043, de 9 de noviembre de 2016, autorizó la modificación del mencionado Reglamento, en el sentido de permitir que los consejos de acreditación estén compuestos por al menos 5 consejeros que hayan tenido experiencia previa como par evaluador, y de asegurar que en las votaciones participen, al menos, tres consejeros con dicha experiencia.
Resuelvo:
Apruébase la siguiente modificación al Reglamento que Fija el Procedimiento para la Autorización de Funcionamiento de Agencias de Acreditación, Condiciones de Operación y Supervisión, establecidas en la ley Nº 20.129, contenido en la resolución exenta DJ Nº 013-4, de 7 de noviembre de 2014.
Reemplácese el artículo 8º "Consejos de Acreditación", por el siguiente:
Consejos de Acreditación.
En su organización, las agencias deberán tener un Consejo de Acreditación por cada área y/o...
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