Resolución núm. 3983 EXENTA, publicada el 31 de Agosto de 2018. LEVANTA PROHIBICIÓN PARCIAL DE EXTRACCIÓN POR PRESENCIA DE TOXINA VPM EN SECTOR DEL LITORAL DE LA REGIÓN DE LOS RÍOS QUE INDICA - MINISTERIO DE SALUD - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 737733061

Resolución núm. 3983 EXENTA, publicada el 31 de Agosto de 2018. LEVANTA PROHIBICIÓN PARCIAL DE EXTRACCIÓN POR PRESENCIA DE TOXINA VPM EN SECTOR DEL LITORAL DE LA REGIÓN DE LOS RÍOS QUE INDICA

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE SALUD
Rango de LeyResolución

LEVANTA PROHIBICIÓN PARCIAL DE EXTRACCIÓN POR PRESENCIA DE TOXINA VPM EN SECTOR DEL LITORAL DE LA REGIÓN DE LOS RÍOS QUE INDICA

Núm. 3.983 exenta.- Valdivia, 24 de julio de 2018.

Vistos y teniendo presente:

Las facultades legales y reglamentarias que me confiere el DFL Nº 1, de 2005, del Ministerio de Salud, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado del decreto ley Nº 2.763/79 y de las leyes 18.933 y 18.469; los artículos 1, 3, 5, 9 letra b), 67 y 104 del DFL Nº 725/1967, Código Sanitario; la ley Nº 19.880/2003; los artículos 102 y 333 del DS Nº 977, de 1996, del Ministerio de Salud, Reglamento Sanitario de los Alimentos; DS Nº 136, de 2004, Reglamento Orgánico del Ministerio de Salud; decreto exento Nº 50, de 27 de marzo de 2018, del Ministerio de Salud; resolución exenta Nº 24/2009 del Ministerio de Salud, Programa Nacional de Vigilancia y Control de las Intoxicaciones por Floraciones Algales Nocivas ("Marea Roja"); en la resolución Nº 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República, y en el artículo 333 del Reglamento Sanitario de los Alimentos, y resolución exenta Nº 2.043, de fecha 11 de abril de 2018, de esta Seremi, y

Considerando:

  1. - La necesidad de establecer un procedimiento de control sanitario para la jurisdicción de la Autoridad Sanitaria de la Región de Los Ríos, manteniendo la vigilancia a fin de evitar el riesgo de consumo de productos bivalvos y otros contaminados por el fenómeno de FAN del tipo Paralizante.

  2. - Que dados los resultados de los Informes de Ensayo Nº 910 y 911, de fecha 13 de julio de 2018, e Informes de Ensayo Nº 970 y 973, de fecha 20 de julio de 2018, correspondientes a muestras del recurso Loco (Concholepas concholepas), del sector de Maiquillahue, tomadas con fechas 3 y 10 de julio de 2018, respectivamente, que arrojaron un resultado de No Detectable de Veneno Paralizante Molusco (VPM), se hace necesario liberar la prohibición existente, comprendiendo el sector de Maiquillahue, comuna de Mariquina, al que se hace referencia, manteniéndose la prohibición para los demás sectores mencionados en la resolución exenta Nº 2.043, de fecha 11 de abril de 2018, de esta Seremi.

  3. - Que, es deber fundamental de esta autoridad el velar por la integridad de la salud de la población de toda la Región de Los Ríos, existiendo actualmente aún un inminente riesgo para la salud de la misma, por lo que dicto la siguiente

Resolución:

  1. Restrínjase la prohibición preventiva y temporal correspondiente...

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