Resolución núm. 3948 EXENTA, publicada el 18 de Enero de 2019. SEPARA EL REGISTRO NACIONAL DE SERVICIOS DE TRANSPORTE REMUNERADO DE ESCOLARES DE LA REGIÓN QUE INDICA, EN LOS TÉRMINOS QUE SEÑALA - MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 757025225

Resolución núm. 3948 EXENTA, publicada el 18 de Enero de 2019. SEPARA EL REGISTRO NACIONAL DE SERVICIOS DE TRANSPORTE REMUNERADO DE ESCOLARES DE LA REGIÓN QUE INDICA, EN LOS TÉRMINOS QUE SEÑALA

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES
Rango de LeyResolución

SEPARA EL REGISTRO NACIONAL DE SERVICIOS DE TRANSPORTE REMUNERADO DE ESCOLARES DE LA REGIÓN QUE INDICA, EN LOS TÉRMINOS QUE SEÑALA

Núm. 3.948 exenta.- Santiago, 31 de diciembre de 2018.

Visto:

El artículo 326 de la Constitución Política de la República; el DFL N° 343, de 1953; el DFL N° 279, de 1960; el DL N° 557 de 1974; la ley N° 18.059; la ley Nº 19.831; la ley Nº 21.033; DFL N° 14, de 2018, del Ministerio de Hacienda; los decretos supremos Nº 38 de 1992, y Nº 38, de 2003, ambos del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, Subsecretaría de Transportes; la resolución N° 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República, y demás normativa vigente aplicable.

Considerando:

  1. Que, el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones lleva un Registro Nacional de Servicios de Transporte Remunerado de Escolares, como catastro global en que deben inscribirse los servicios de transporte remunerado de escolares como, asimismo, los vehículos destinados a prestarlos, siendo dicha inscripción requisito para la prestación de dichos servicios.

  2. Que, el Registro Nacional de Servicios de Transporte Remunerado de Escolares está conformado por los Registros Regionales a cargo de las Secretarías Regionales Ministeriales de Transportes y Telecomunicaciones.

  3. Que, la ley N° 21.033 crea la XVI Región de Ñuble, y las provincias de Diguillín, Punilla e Itata. La ciudad capital de la nueva región es Chillán.

  4. Que, los servicios de transporte remunerado de escolares, que se prestan en el territorio que comprende la citada nueva región, se encuentran actualmente inscritos en el Registro llevado por la Secretaría Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones de la Región del Biobío, por lo que deben separarse de este último Registro, para pasar a formar parte del Registro Nacional de Servicios de Transporte Remunerado de Escolares de la nueva Región de Ñuble.

Resuelvo:

  1. Sepárese el Registro de Servicios de Transporte Remunerado de Escolares de la VIII Región del Biobío, conformándose un nuevo Registro de Servicios de Transporte Remunerado de Escolares de la XVI Región de Ñuble y manteniéndose el Registro de la Región del Biobío, según se individualiza en el Anexo de la presente resolución y que forma parte de la misma.

  2. Sin perjuicio de lo dispuesto en el resuelvo 3º de la presente resolución, pasen a formar parte del Registro Nacional de Servicios de Transporte Remunerado de Escolares de la XVI Región de Ñuble y VIII Región del...

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