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Resolución núm. 388, publicada el 05 de Septiembre de 2016. APRUEBA SEGUNDA EDICIÓN DE LA DAN 14 02 'SERVICIO SEGURIDAD, SALVAMENTO Y EXTINCIÓN DE INCENDIOS'

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL
Rango de LeyResolución

APRUEBA SEGUNDA EDICIÓN DE LA DAN 14 02 "SERVICIO SEGURIDAD, SALVAMENTO Y EXTINCIÓN DE INCENDIOS"

Núm. 388.- Santiago, 28 de julio de 2016.

Vistos:

  1. Ley N° 16.752, que fija la organización y funciones y establece las disposiciones generales de la Dirección de Aeronáutica Civil y sus posteriores modificaciones.

  2. Ley N° 18.290, Ley de Tránsito.

  3. Ley N° 19.473, sustituye texto ley N° 4.601 sobre caza y artículo 609 del Código Civil y su Reglamento.

  4. Decreto supremo N° 156 del 12.Mar.2002, Ministerio del Interior, que aprueba Plan Nacional de Protección Civil y deroga decreto supremo de Interior N° 155, de 1977, que aprobó el Plan Nacional de Emergencia.

  5. Decreto supremo N° 222, de 200, del Ministerio de Defensa, que aprueba la Primera Enmienda al Reglamento Orgánico de Funcionamiento (ROF) de la DGAC.

  6. Decreto supremo N° 173, del 4 octubre 2004, que aprueba la Segunda Edición del Reglamento de Aeródromos DAR-14, que deroga la Primera Edición.

  7. Decreto supremo N° 49 del 22 abril 2008, que aprueba la Segunda Edición del "Reglamento sobre Transporte sin Riesgo de Mercancías Peligrosas por Vía Aérea" y que deroga la edición anterior y su modificación.

  8. Doc. OACI 9137-AN/898, Manual de Servicios de Aeropuertos.

  9. Resolución exenta N° 963, del 30 julio 2010, que aprueba Tercera Edición del DROF Departamento Aeródromos y Servicios Aeronáuticos.

  10. Resolución exenta N° 958, del 30 de julio de 2010, que aprueba la Tercera Edición del DROF Departamento Planificación.

  11. Resolución exenta N° 51 del 27 enero 2016, que aprueba la Sexta Enmienda a la Cuarta Edición del PRO ADM 01, Gestión Documental y Archivos de la DGAC.

    Considerando:

    La necesidad de actualizar los nombres de los aeropuertos y aeródromos en el Anexo "A" y las cantidades de los materiales y equipos Haz Mat del Anexo "B" de la DAN 14 02, Servicio Seguridad, Salvamento y Extinción de Incendios, SSEI,

    Resuelvo:

    Derógase la resolución N° 946, de fecha 22 de agosto 2011, que aprobó Primera Edición de la Servicio Seguridad, Salvamento y Extinción de Incendios.

    Apruébase la Segunda Edición de la DAN 14 02 "Servicio Seguridad, Salvamento y Extinción de Incendios".

    Anótese y comuníquese.- Víctor Villalobos Collao, General de Brigada Aérea (A), Director General.

    NORMA AERONÁUTICA DAN 14 02 "Servicio Seguridad, Salvamento y Extinción de Incendios".

    Resolución N° 388 de fecha 28 julio 2016

    1. MATERIA CAPÍTULO 1 GENERALIDADES

    1.1 SERVICIO SSEI 1.1.1 La Dirección General de Aeronáutica Civil (DGAC) determinará de acuerdo con las disposiciones de esta Norma, los aeródromos donde haya de suministrarse Servicios de Seguridad, Salvamento y Extinción de Incendios, y una vez decidido lo que antecede, tomará las medidas necesarias para que tales servicios se establezcan y suministren en el país. 1.1.2 El Servicio SSEI es responsable de las operaciones de control de incendios y rescate de pasajeros y tripulaciones en caso de accidente o incidentes de aviación que ocurran dentro de un aeropuerto/aeródromo o en sus inmediaciones, proporcionando una o más vías de acceso libres de fuego para la evacuación segura de los pasajeros y tripulaciones involucradas en un accidente de aeronave. 1.1.3 Dentro de su ámbito de jurisdicción, desarrollará las siguientes tareas considerando que su equipo y formación son particularmente apropiados para ellas, siempre que no limite la respuesta inmediata en caso de accidente o incidente de aviación:

  12. Planificación de la respuesta de emergencias; b) Control y reducción del peligro que representa la fauna; c) Prevención y manejo de incidentes con mercancías peligrosas; d) Traslado de aeronaves inutilizadas; e) Control de incendios estructurales, pastizales y vehiculares; f) Rescate en espacios confinados, en altura y vehicular; g) Prevención de riesgos y protección de incendios aeroportuarios; h) Mantención operativa del estado de las superficies pavimentadas, inherentes a la remoción de nieve y medición de coeficiente de frenado; i) Supervisión del área de movimiento; j) Mantenimiento de nivel I del equipamiento y vehículos; k) Atención de primeros auxilios; y l) Apoyo a la comunidad en caso de emergencias y a requerimiento de la autoridad pertinente. 1.1.4 Para el cumplimiento de su cometido el Servicio SSEI contará con:

  13. Personal técnico capacitado, entrenado y con las competencias adecuadas, para actuar en forma individual o en equipo; b) Equipamiento apropiado a las características operativas del Servicio SSEI y a las necesidades operacionales del respectivo aeródromo; c) Procedimientos operativos e instructivos técnicos que faciliten el accionar del Servicio; y d) Procedimientos de instrucción y entrenamiento del personal. 1.2 PROCESOS SSEI 1.2.1 El Servicio SSEI establece los siguientes procesos:

  14. Planificación de la respuesta de emergencias; b) Salvamento y extinción de incendios; y c) Manejo y control preventivo de la seguridad aeroterrestre. 1.2.1.1 Planificación de la respuesta de emergencias:

  15. Corresponderá determinar y asignar responsabilidades, coordinando recursos humanos y...

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